Articulo de referencia

Poderes de la policía en Inglaterra y Gales

Las facultades de la policía en Inglaterra y Gales se definen principalmente por la legislación, siendo las principales fuentes de poder la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1...

Las facultades de la policía en Inglaterra y Gales se definen principalmente por la legislación, siendo las principales fuentes de poder la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 y la Ley de Policía de 1996. Este artículo abarca únicamente las facultades de los agentes de policía de las fuerzas policiales territoriales , pero un agente de policía de una de las fuerzas policiales especiales del Reino Unido (generalmente un miembro de la Policía Británica de Transportes ) puede utilizar facultades de jurisdicción ampliada fuera de su jurisdicción habitual en determinadas situaciones definidas según lo establecido en la ley. Legalmente, las facultades policiales se otorgan a los agentes (tanto agentes especiales a tiempo completo como voluntarios ). Todos los agentes de policía en Inglaterra y Gales son "agentes" legalmente, independientemente de su rango. Ciertas facultades policiales también están disponibles en cierta medida para los agentes de apoyo comunitario de la policía y otros puestos no autorizados, como los investigadores civiles de la policía o los oficiales de detención designados empleados por algunas fuerzas policiales, aunque no sean agentes.

Los agentes de policía poseen varias facultades generales que los ciudadanos comunes no tienen, entre ellas:

  • la facultad de detener a personas en determinadas circunstancias
  • la facultad de detener y registrar personas/vehículos en determinadas circunstancias.
  • diversos poderes de entrada en determinadas circunstancias
  • la facultad de incautar y retener bienes en determinadas circunstancias
  • La facultad de arrestar a personas con o sin orden judicial por cualquier delito y en diversas otras circunstancias. (Una facultad significativamente más amplia que la otorgada a los ciudadanos, a menudo denominada " arresto ciudadano ").
  • la facultad de dirigir el comportamiento de las personas y los vehículos en las carreteras y en otros lugares públicos.
  • el poder de exigir el nombre/dirección y ciertos documentos de cualquier persona que conduzca un vehículo de motor en una vía pública [ 1 ]

Los poderes tienen diversas limitaciones y, por lo general, requieren que se dé a conocer a la persona sujeta a alguno de los poderes mencionados una razón clara para su ejercicio, a menos que resulte impracticable debido al comportamiento de la persona o a circunstancias inusuales.

Los poderes para detener y registrar pueden extenderse de forma limitada (por lugar y duración) mediante legislación como el art. 60 de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 [ 2 ] o los arts. 44-47 de la Ley de Terrorismo de 2000 .

Una vez que una persona ha sido arrestada, su vehículo o residencia puede ser registrado sin necesidad de obtener una orden judicial con el fin de obtener pruebas relacionadas con el delito que motivó el arresto, siempre que el delito o presunto delito sea procesable . Esta facultad está prevista en el artículo 18(1) o 18(5) y/o 32(2) de la PACE 1984, según las circunstancias. Si una persona es arrestada en un local o se encontraba en un local inmediatamente antes del arresto, el artículo 32(2) establece que un agente de policía tiene la facultad de " entrar y registrar cualquier local en el que se encontrara al ser arrestado o inmediatamente antes de ser arrestado en busca de pruebas relacionadas con el delito ". Los agentes de policía y los agentes de seguridad comunitaria también tienen la facultad, en virtud de este artículo, de registrar a una persona en busca de objetos que puedan ayudar o facilitar una fuga de la custodia (es decir, un arresto o detención) [ 3 ] [ 4 ].

Fuente de poder

Las facultades básicas de la policía derivan de la Ley de Policía de 1996, que abarca la certificación ( artículo 29 ), la jurisdicción ( artículo 30 ) y otros asuntos. En el día a día, el derecho consuetudinario influye notablemente en el uso de la fuerza (legítima defensa y defensa de terceros) y en otras áreas. La Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 es una legislación clave en materia policial, que fue modificada por la Ley de Delincuencia Organizada Grave y Policía de 2005 , principalmente en lo relativo a las facultades de detención. Otra ley destacada es la Ley de Reforma Policial de 2002. Esta ley extendió facultades policiales limitadas a aquellos miembros de la familia policial que no son agentes con rango de policía, como los agentes de apoyo comunitario y otros.

Poderes exclusivos

La Ley de Policía y Delincuencia de 2017 identificó una serie de facultades exclusivas para los agentes de policía que no podían conferirse a otros miembros del personal policial, como los agentes de apoyo comunitario. El artículo 28(4)(a) establece que un agente de apoyo comunitario podrá ser designado con "cualquier facultad o deber de un agente de policía (que no sea una facultad o deber especificado en la Parte 1 del Anexo 3B, facultades y deberes excluidos)". Estas facultades excluidas serían:

Este proyecto de ley recibió la aprobación real el 31 de enero de 2017 y posteriormente se convirtió en ley.

Detención

Existen tres tipos diferentes de detención:

  • detención sin arresto,
  • detención después del arresto (pero antes de la acusación), y
  • detención tras la acusación.

Detención sin arresto

La detención sin arresto solo está permitida en determinadas circunstancias y no es una facultad de aplicación general como en otras jurisdicciones. Además de la facultad de detener durante un registro (como se describe a continuación), un agente de policía puede detener a una persona en virtud de las siguientes disposiciones (otros funcionarios públicos también pueden ejercer algunas de estas facultades):

Detención tras el arresto

Cuando una persona es arrestada por un delito, será llevada a una comisaría . El oficial a cargo de la custodia en dicha comisaría debe determinar si tiene pruebas suficientes para acusar al detenido del delito y puede mantenerlo bajo custodia hasta que pueda tomar esta decisión. [ 7 ] El sospechoso puede ser acusado si el oficial a cargo cree que existe una probabilidad razonable de condena. [ 8 ] Si el oficial a cargo de la custodia determina que tiene pruebas suficientes, debe acusar a la persona o liberarla. [ 7 ] Si determina que no tiene pruebas suficientes para acusarlo, debe liberarlo a menos que tenga motivos razonables para creer que su detención sin ser acusado es necesaria para asegurar o preservar pruebas relacionadas con un delito por el cual está arrestado o para obtener dichas pruebas mediante el interrogatorio. [ 7 ]

En casos de terrorismo, una persona puede ser detenida por un máximo de 28 días. [ 9 ] En otros casos (y con sujeción a excepciones), una persona puede ser detenida por un máximo de 96 horas a partir del momento pertinente (normalmente el momento en que una persona detenida llega a la primera comisaría a la que es llevada), [ 10 ] de conformidad con las siguientes restricciones:

Al expirar el plazo, la persona arrestada debe ser puesta en libertad, con o sin fianza policial [ 10 ] y no puede ser arrestada nuevamente sin orden judicial por el mismo delito a menos que hayan surgido nuevas pruebas desde el arresto original. [ 10 ] [ 13 ] [ 14 ]

Detención tras la acusación

Tras ser acusada, una persona puede quedar detenida en espera de juicio o durante el juicio, antes de la sentencia.

Inmediatamente después de la acusación, si el detenido no es puesto en libertad (ya sea bajo fianza policial o sin fianza), debe ser llevado ante un tribunal de magistrados lo antes posible (primera comparecencia). [ 15 ]

Tratamiento en detención

El trato a los sospechosos detenidos se rige por el Código H de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 en el caso de sospechosos relacionados con el terrorismo y por el Código C en otros casos. Generalmente, es responsabilidad del funcionario de custodia designado garantizar que no se infrinjan las disposiciones del Código pertinente ni de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984. [ 16 ]

En particular, toda persona detenida tiene los siguientes derechos y debe ser informada de ellos a la mayor brevedad posible:

  • a que se le diga a un amigo, pariente u otra persona conocida o que probablemente se interese por su bienestar que ha sido arrestado y dónde está detenido; [ 17 ] y
  • consultar a un abogado. [ 18 ]
  • tres comidas al día
  • bebidas "a pedido"
  • ocho horas de sueño/descanso por la noche
  • una celda limpia

Algunos o todos estos derechos podrán suspenderse en circunstancias excepcionales.

Registro sin orden judicial

Instalaciones

Un agente de policía puede entrar y registrar cualquier local ocupado o controlado por una persona que esté detenida por un delito grave , si tiene motivos razonables para creer que en el local hay pruebas (distintas de los objetos sujetos a privilegio legal ) relacionadas con ese delito, o con algún otro delito grave relacionado o similar a ese. [ 19 ] Esta facultad, en virtud del artículo 18(1) de la PACE, requiere la autorización de un agente de policía de al menos el rango de inspector y normalmente se ejerce mientras la persona está bajo custodia policial en una comisaría. En virtud del artículo 18(5) de la PACE, dicho registro de locales puede realizarse antes de que la persona detenida sea puesta bajo custodia policial y antes de la autorización de un inspector si la presencia de la persona en un lugar (distinto de una comisaría) es necesaria para la investigación eficaz del delito. Sin embargo, se debe informar al inspector tras dicho registro. Esta facultad se utiliza mucho menos que la del artículo 18(1).

Según el artículo 32 de la PACE, un agente de policía tiene la facultad, si una persona ha sido arrestada por un delito grave, de entrar y registrar cualquier local en el que se encontrara al ser arrestada o inmediatamente antes de serlo, en busca de pruebas relacionadas con el delito. [ 20 ]

Personas o vehículos

Registro sin arresto

La Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 (PACE) se promulgó para corregir problemas con la aplicación de los poderes utilizados por la policía. La ley "sus" permitía a la policía detener, registrar y posteriormente arrestar a una "persona sospechosa" sin orden judicial, motivo ni pruebas. Debido a la aplicación injusta de esta ley dentro de la comunidad negra, hubo disturbios en algunas partes del país en áreas de mayoría negra ( Brixton , Handsworth , Toxteth , Southall y Moss Side ) a principios de la década de 1980 y "sus" fue derogada en 1981. [ 21 ] La gran mayoría de los poderes de registro ahora requieren que exista una " sospecha razonable " de un delito, [ 22 ] aunque esto no ha impedido que la detención y el registro se utilicen de manera desproporcionada contra las personas negras, que tienen más de nueve veces más probabilidades de ser registradas que las personas blancas, las personas asiáticas casi tres veces más probabilidades de ser registradas y los miembros de BAME en general cuatro veces más probabilidades. [ 23 ] [ 24 ] Esta disparidad también se puede observar al analizar los arrestos, ya que una persona negra tiene más del triple de probabilidades de ser arrestada y todo el grupo BAME casi el doble de probabilidades. [ 23 ] Los agentes no pueden realizar registros "consensuales" de una persona a menos que exista una facultad para realizar registros. [ 25 ]

Antes de registrar a cualquier persona o cosa (excepto un vehículo desatendido), un agente de policía de paisano debe identificarse como tal y mostrar su tarjeta de identificación o similar, y un agente de policía (uniformado o no) debe declarar: [ 26 ]

  • el rango/grado del agente, número de placa/orden, apellido y nombre de la comisaría a la que está adscrito,
  • el poder legal que se está utilizando para llevar a cabo la búsqueda,
  • que la persona detenida está detenida con el propósito de realizar un registro,
  • el objeto que se busca (si corresponde),
  • los motivos de la búsqueda y
  • que una copia del formulario de búsqueda estará disponible bajo petición durante tres meses.

Antes de registrar un vehículo desatendido, un agente de policía debe dejar un aviso (dentro del vehículo, a menos que no sea razonablemente factible hacerlo sin dañar el vehículo) que indique: [ 26 ]

  • que el vehículo ha sido registrado,
  • el nombre de la comisaría a la que está adscrito el agente,
  • que se puede presentar una solicitud de indemnización por cualquier daño causado por el registro en esa comisaría de policía, y
  • que se podrá obtener una copia del registro de búsqueda si se solicita (en caso de que se haya realizado alguna).

Las disposiciones anteriores no se aplican a los registros realizados en virtud del artículo 6 de la PACE ni del artículo 27(2) de la Ley de Seguridad de la Aviación de 1982, que se refieren a vehículos que salen de zonas de manipulación de mercancías donde los registros son rutinarios. [ 26 ]

Un registro sin arresto es ilegal si, tras detener a la persona o el vehículo, el agente considera que el registro no es necesario o es impracticable. [ 26 ] Una persona o un vehículo pueden ser detenidos para realizar un registro durante el tiempo que sea razonablemente necesario para que este pueda llevarse a cabo en el lugar donde la persona o el vehículo fueron detenidos inicialmente o en sus inmediaciones. [ 26 ] En la vía pública, un agente no puede exigir a una persona que se quite ninguna prenda de vestir, salvo un abrigo, chaqueta o guantes [ 26 ] (excepto en el caso de un registro conforme a los artículos 43, 43A o 47A de la Ley Antiterrorista de 2000, que permite además quitarse el calzado y la gorra [ 27 ] ). Las facultades para realizar registros son las siguientes:

Búsqueda tras la detención

Un agente de policía puede registrar a una persona detenida (a menos que la detención se haya producido en una comisaría) si tiene motivos razonables para creer que dicha persona puede representar un peligro para sí misma o para otros. [ 20 ] Asimismo, un agente de policía puede (a menos que la detención se haya producido en una comisaría) registrar a la persona detenida en busca de cualquier objeto que pudiera utilizar para escapar de la custodia legal o que pudiera constituir prueba relacionada con un delito. [ 20 ]

Esta facultad se otorga tanto a los agentes de policía como a los agentes de apoyo comunitario en virtud del artículo 32 de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 .

Un agente de policía puede registrar a una persona detenida en virtud del artículo 41 de la Ley Antiterrorista de 2000 para averiguar si tiene en su poder algo que pueda constituir prueba de que es un terrorista (definido en el artículo 40 ). [ 29 ]

Registros en centros de detención

El oficial de custodia debe registrar todo lo que una persona arrestada tenga consigo en la comisaría y puede registrar a una persona en la medida en que lo considere necesario, pero no puede realizar un registro íntimo para estos fines. El oficial de custodia puede confiscar cualquier cosa, pero solo puede confiscar ropa u efectos personales si el oficial de custodia: [ 30 ]

  • cree que la persona a quien se le confiscan puede usarlos:
    • causar lesiones físicas a sí mismo o a cualquier otra persona,
    • dañar la propiedad,
    • interferir con las pruebas,
    • para ayudarlo a escapar, o
  • tiene motivos razonables para creer que pueden ser pruebas relacionadas con un delito.

Un inspector también tiene facultades limitadas para ordenar el registro de una persona detenida con el fin de facilitar la identificación de la misma, en particular mediante el descubrimiento de tatuajes u otras marcas. [ 31 ] Cuando dicho registro requiere más que la simple retirada de la ropa exterior de la persona detenida, se aplican las disposiciones del Código C de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 relativas a los registros corporales.

Un registro íntimo es un registro de los orificios corporales (distintos de la boca). Debe ser realizado por una persona debidamente cualificada, salvo que esto sea impracticable, y en presencia de otras dos personas. Un registro íntimo requiere la autorización de un inspector y solo puede realizarse en una de las siguientes circunstancias: [ 32 ]

Detener y contar

La "detención y comparecencia" [ 33 ] es un procedimiento operativo estándar, no una facultad, de la policía, según la Recomendación 61 (Rec.61); no es un procedimiento legal como la detención y el registro. Se aplica a personas a pie en un lugar público. No existe facultad para obligar a una persona a detenerse ni para retenerla. La decisión de "solicitar" a una persona que se "detenga y comparezca" queda a discreción del agente; no hay directrices al respecto. A diferencia de la detención y el registro, no se requiere "sospecha razonable". No hay ninguna obligación real para un agente de policía, más allá de identificarse como tal; no es necesario explicar a las personas detenidas por qué se les pide que comparezcan ni decirles que son libres de marcharse sin responder preguntas. [ 34 ] Sin embargo, las fuerzas policiales tienen procedimientos que rigen las detenciones. Si bien se debe registrar cada detención, no existe la obligación de que las fuerzas policiales mantengan estadísticas sobre el número de detenciones o la etnia de las personas detenidas, según el Colegio de Policía. [ 35 ]

El consejo para el público en el sitio web de la Policía de West Midlands explica: [ 34 ]

¿Qué es una parada y declaración? Una parada y declaración es diferente de una parada y registro, y ocurre cuando un agente te detiene y te pregunta:

lo que estás haciendo;
por qué te encuentras en una zona o adónde vas; o
lo que llevas contigo.

Un agente de policía o un agente de apoyo comunitario de la policía (PCSO, por sus siglas en inglés) no tiene la potestad de obligarle a permanecer con ellos si le detienen y le preguntan por sus acciones.

Policía de West Midlands

Las distintas fuerzas policiales tienen diferentes documentos y formularios para registrar las detenciones. Según la Policía Metropolitana, el procedimiento documentado de detención y rendición de cuentas se recomendó después de que la investigación de Stephen Lawrence concluyera que detener a las personas de manera informal, como había sido el procedimiento habitual, "creaba una barrera entre la policía y la comunidad. Estas detenciones no se supervisaban y no se guardaban registros". [ 33 ] El Ministerio del Interior declaró en 2013 que la detención y rendición de cuentas no era una facultad definida en la legislación primaria, sino una "parte importante de la labor policial en la calle... Constituye el siguiente paso más allá de las conversaciones generales que los agentes mantienen con los ciudadanos a diario". [ 35 ]

Poder de convulsión

La principal facultad de incautación de un agente de policía (y también de un agente de policía comunitario desde 2012) está prevista en el artículo 19 de la PACE 1984. [ 36 ] Este artículo otorga una facultad general de incautación sobre cualquier objeto que el agente tenga motivos razonables para creer que fue obtenido durante la comisión de un delito y que la incautación es necesaria para evitar que sea ocultado, perdido, dañado o destruido. El mismo artículo también otorga la facultad de incautar objetos que se sospeche que constituyen pruebas de un delito.

También existen otras facultades, como las facultades aduaneras que otorgan a un agente de policía, un funcionario de aduanas o cualquier miembro de las Fuerzas Armadas o la Guardia Costera de Su Majestad la capacidad de incautar, retener y confiscar mercancías en virtud de la Ley de Gestión de Aduanas e Impuestos Especiales de 1979 [ 37 ].

Detención sin orden judicial

Las únicas facultades de detención de las que dispone un agente de policía en Inglaterra y Gales se describen anteriormente. La facultad de arresto de un agente de policía se rige por las siguientes fuentes:

Ya sea que se trate de un arresto, una detención o una conversación sobre un delito o un presunto delito, la Sección 10 del Código C de la PACE establece que debe utilizarse la advertencia. [ 39 ] Cuando se utiliza junto con un arresto, el sospechoso:

  • Se le debe informar que está bajo arresto, [ 40 ] y
  • debe ser "explicado en un lenguaje sencillo y no técnico que pueda entender, los fundamentos legales y fácticos esenciales para su arresto", incluyendo por qué el arresto en sí mismo es necesario [ 41 ] [ 42 ] [ 43 ].

Se debe advertir a una persona al ser arrestada, a menos que esto resulte impracticable debido a su comportamiento o estado, como embriaguez o falta de respuesta. También es obligatorio advertir a una persona cuando se sospecha que ha cometido un delito, aunque no esté siendo arrestada en ese momento. La advertencia es:

No tienes que decir nada, pero podría perjudicar tu defensa si no mencionas, al ser interrogado, algo en lo que puedas basarte posteriormente en el juicio. Todo lo que digas podrá ser admitido como prueba. [ 44 ]

Se permite la desviación de esta forma aceptada siempre que se transmita la misma información. También existe la advertencia "cuando" (arriba), la advertencia "ahora" y una advertencia "restringida". [ 45 ] [ 46 ] La advertencia "cuando" se usa generalmente durante un arresto o entrevista en la calle o en una estación de policía. La advertencia "ahora" se usa más comúnmente cuando se acusa o se emite una FPN o PND .

Las personas distintas de los agentes de policía "que tienen el deber de investigar delitos o acusar a los infractores" (por ejemplo, agentes de escolta, agentes de detención, investigadores de fraude del DWP, agentes de policía comunitaria , investigadores de la IPCC , etc.) tienen el deber de cumplir con todas las disposiciones pertinentes de los códigos de práctica según la Sección 67(9) PACE . [ 47 ]

Existen tres formas generales de arrestar sin orden judicial: en primer lugar, en relación con un delito penal; en segundo lugar, en relación con una alteración del orden público; y en tercer lugar, para fines diversos.

delitos penales

Antes de 1967, el único poder general de arresto por delitos era el que existía para los delitos graves . [ 48 ] En 1964, el Ministro del Interior, Rab Butler, pidió al Comité de Revisión del Derecho Penal que examinara la distinción entre delitos graves y delitos menores , y su recomendación fue que se aboliera la distinción, ya que era obsoleta. Como la mayoría de los poderes de arresto dependían de que el delito fuera un delito grave, se introdujo un nuevo conjunto de criterios de arresto mediante la Ley de Derecho Penal de 1967 , que creó el delito arrestable (definido como un delito por el cual un adulto podía ser condenado a prisión por cinco años o más).

Estas facultades de detención fueron posteriormente ratificadas por la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 (PACE), que también estableció un conjunto alternativo de criterios de detención (los "criterios generales de detención" ) aplicables en circunstancias particulares, como cuando se desconocía el nombre o la dirección de la persona. Con el tiempo, el número de delitos considerados "susceptibles de detención" aumentó considerablemente, hasta el punto de que la distinción se volvió confusa e impracticable.

En 2005, las facultades de detención de la PACE fueron derogadas por la Ley de Delincuencia Organizada Grave y Policía , que también abolió el delito que permitía la detención y lo sustituyó por un sistema de detención basado en la necesidad, que se aplicaba a todos los delitos.

Por lo tanto, un agente de policía puede arrestar (sin orden judicial): [ 49 ]

  • cualquier persona que esté a punto de cometer un delito, o cualquier persona de la que tenga motivos razonables para sospechar que está a punto de cometer un delito,
  • cualquier persona que esté cometiendo un delito, o cualquier persona de la que tenga motivos razonables para sospechar que está cometiendo un delito, y
  • cualquier persona que sea culpable de un delito o cualquier persona de la que tenga motivos razonables para sospechar que es culpable de un delito.

Además, si un agente sospecha que se ha cometido un delito, entonces: [ 49 ]

  • cualquier persona de la que tenga motivos razonables para sospechar que es culpable de ello.

Condiciones (también conocidas como criterios de necesidad de arresto)

Según el Código G de PACE, [ 42 ] [ 43 ] un agente de policía solo puede utilizar las facultades de arresto indicadas anteriormente: [ 49 ]

( a ) para permitir determinar el nombre de la persona en cuestión (en el caso de que el agente no conozca, y no pueda determinar fácilmente, el nombre de la persona, o tenga motivos razonables para dudar de si un nombre dado por la persona como su nombre es su nombre real), ( b ) de manera similar con respecto a la dirección de la persona, ( c ) para impedir que la persona en cuestión:

  • causar lesiones físicas a sí mismo o a cualquier otra persona,
  • sufriendo lesiones físicas,
  • causar pérdida o daño a la propiedad,
  • cometer una ofensa contra la moral pública (solo cuando no se puede esperar razonablemente que los miembros del público que realizan sus actividades normales eviten a la persona en cuestión), o
  • causar una obstrucción ilegal de la carretera;

( d ) para proteger a un niño u otra persona vulnerable de la persona en cuestión, ( e ) para permitir la investigación pronta y efectiva del delito o de la conducta de la persona en cuestión:

  • al interrogar al sospechoso en ocasiones en que la comparecencia voluntaria de la persona no se considera una alternativa viable al arresto, porque, por ejemplo:
    • Se considera improbable que la persona acuda voluntariamente a la comisaría para ser interrogada;
    • Es necesario interrogar al sospechoso sobre el resultado de otras acciones de investigación para las cuales es necesario su arresto;
    • La detención permitiría dar la advertencia especial de conformidad con los párrafos 10.10 y 10.11 del Código C cuando el sospechoso no dé cuenta o se niegue a dar cuenta de las circunstancias en las que: [ 39 ]
      • en posesión de objetos incriminatorios, o en un lugar donde se encuentren dichos objetos;
      • en el lugar del crimen o en sus inmediaciones, en el momento en que se cometió o aproximadamente en ese momento.
    • La persona ha hecho declaraciones falsas y/o ha presentado pruebas falsas;
    • Se cree probable que la persona:
      • puede robar o destruir pruebas;
      • pueden confabularse o ponerse en contacto con co- sospechosos o conspiradores ;
      • pueden intimidar, amenazar o contactar con los testigos.
  • Al considerar la detención en relación con la investigación de un delito grave (véase la nota 6), es necesario:
    • entrar y registrar sin orden judicial cualquier local ocupado o controlado por la persona detenida o donde se encontrara la persona en el momento de la detención o inmediatamente antes de la misma;
    • para impedir que la persona detenida tenga contacto con otras personas;
    • Retener a la persona arrestada durante más de 24 horas antes de presentar cargos.
  • cuando se considere la detención en relación con cualquier delito registrable y sea necesario asegurar o preservar pruebas de ese delito tomando huellas dactilares, impresiones de calzado o muestras del sospechoso para su comparación o cotejo con otro material relacionado con ese delito, por ejemplo, de la escena del crimen.
  • cuando se considere la detención en relación con cualquier delito y sea necesario registrar, examinar o fotografiar a la persona para obtener pruebas

( f ) o para evitar que la desaparición de la persona en cuestión obstaculice cualquier enjuiciamiento por el delito.

Las notas 2A a 2J proporcionan más aclaraciones sobre lo anterior: [ 43 ] [ 42 ] En relación con (a) anterior, cuando se dispone de toma de huellas dactilares móviles y no se puede determinar el nombre del sospechoso o existe duda al respecto, se debe considerar la posibilidad de utilizar la facultad prevista en el artículo 61(6A) de la PACE (Código D, párrafo 4.3(e)) para tomar y verificar las huellas dactilares de un sospechoso, ya que esto puede evitar la necesidad de arrestarlo únicamente para determinar su nombre. [ 43 ]

En los casos mencionados anteriormente de no poder determinar el nombre/dirección, causar lesiones físicas a sí mismo o a otra persona, delitos contra la moral pública, obstrucción de la vía pública, la nota 2D del Código G establece que se debe considerar una advertencia antes del arresto para tal vez evitarlo o para aclarar la justificación del arresto demostrando la intención de cometer el delito y, por lo tanto, refutar cualquier defensa de que actuaron razonablemente. [ 43 ]

Se considera que el significado de "rápido" en el contexto de "investigación rápida y eficaz" debe revisarse caso por caso, y se debe considerar la posibilidad de dejar en libertad bajo fianza al sospechoso en lugar de arrestarlo. Los criterios para la libertad bajo fianza están contemplados parcialmente en el artículo 30A de la PACE . [ 50 ]

La comparecencia voluntaria en una comisaría en una fecha posterior elimina la necesidad de arrestar para una investigación rápida y eficaz cuando no hay indicios de que el sospechoso no comparecerá y si se puede determinar su nombre y dirección. [ 42 ] Cuando la persona acude a la comisaría para una entrevista voluntaria, su arresto a su llegada antes de la entrevista solo se justificaría si, tras realizarse los preparativos, surgiera nueva información que indicara que, a partir de ese momento, la comparecencia voluntaria dejó de ser una alternativa viable y el arresto se hizo necesario, y no era razonablemente factible que la persona fuera arrestada antes de su llegada a la comisaría. [ 42 ] [ 43 ]

Si una persona que acude a una entrevista voluntaria decide marcharse antes de que esta finalice, la policía tendría derecho a considerar si su detención era necesaria para llevar a cabo la entrevista. Por consiguiente, la posibilidad de que la persona decida marcharse durante la entrevista no constituye un motivo válido para su detención antes de que esta haya comenzado. Véase el párrafo 3.16 del Código C [ 43 ].

El artículo 29(a) de la PACE establece que una persona que acude a una comisaría u otro lugar para una comparecencia voluntaria tiene la libertad de marcharse en cualquier momento, a menos que sea detenida. [ 51 ] Asimismo, se le debe informar inmediatamente de que está detenida si el agente decide arrestarla para impedirle marcharse. [ 51 ]

Se ha considerado que la prueba de necesidad se aplicó incorrectamente en los siguientes casos, que por lo tanto constituyen arrestos ilegales : Richardson v Chief Constable of West Midlands Police (2011), [ 52 ] Alexander, Farrelly et al. revisión judicial (2009). [ 53 ]

El artículo 30 de la PACE establece que toda persona arrestada en un lugar distinto a una comisaría debe ser llevada a una comisaría tan pronto como sea posible después del arresto. [ 54 ] Este artículo también establece que si en cualquier momento antes de llegar a la comisaría, un agente de policía considera que no existen motivos para mantener a esa persona arrestada, debe ser puesta en libertad sin fianza de inmediato y debe quedar constancia de ello. [ 54 ] Este artículo no establece que el agente de policía que realizó el arresto original deba liberar al individuo si considera que no hay razón para retener al sospechoso, sino que indica que "un agente de policía" puede considerar que no hay motivo para retenerlo, lo que sugiere que podría tratarse de un agente diferente al que realizó el arresto original. [ 54 ]

Fianza

Cuando un delincuente es arrestado y posteriormente puesto en libertad, a menudo se aplican condiciones de fianza en virtud del artículo 30(1) de la PACE , que establece que el agente de policía puede imponer las condiciones de fianza que le parezcan necesarias:

  • para garantizar que la persona se entregue a custodia
  • para garantizar que la persona no cometa ningún delito mientras esté en libertad bajo fianza
  • para garantizar que la persona no interfiera con los testigos ni obstaculice de otro modo el curso de la justicia , ya sea en relación consigo misma o con cualquier otra persona.
  • para la propia protección de la persona o, si la persona es menor de 18 años, para su propio bienestar o en su propio interés.

Otras disposiciones de la PACE relativas a la detención

Si bien no forma parte de los Códigos de Práctica como tales, PACE prohíbe ciertas otras prácticas, tales como:

  • Sección 76 / 76A / 77 - se refiere a la falta de fiabilidad de las confesiones obtenidas por medios injustos o poco fiables [ 55 ]
  • Sección 78 - se refiere a la exclusión de pruebas injustas [ 56 ]

Perturbación del orden público

La alteración del orden público es uno de los delitos más antiguos y básicos que aún existen en Inglaterra y Gales. Es un delito de derecho consuetudinario, no codificado , por lo que no se encuentra en ninguna ley del Parlamento . La facultad de arresto en relación con la alteración del orden público está disponible para cualquier persona (independientemente de si es agente de policía o no), quien puede arrestar sin orden judicial: [ 57 ]

  • cualquier persona que cometa una alteración del orden público en su presencia, o
  • si creen razonablemente que una alteración del orden público está a punto de ocurrir o es inminente, cualquier persona puede intervenir para evitarlo.

Sin embargo, el Tribunal de Apelación estableció las siguientes condiciones: [ 57 ]

  • Debe existir una amenaza real e inminente a la paz que justifique privar de su libertad a un ciudadano que no esté actuando ilegalmente en ese momento.
  • La amenaza debe provenir de la persona arrestada,
  • La conducta debe interferir claramente con los derechos de los demás y su consecuencia natural no debe ser una violencia totalmente irrazonable por parte de un tercero, y
  • La conducta de la persona arrestada debe ser irrazonable.

Otros poderes de arresto

Existen pocas facultades para realizar un arresto sin orden judicial cuando no se conoce ni se sospecha que se haya cometido un delito. Un agente de policía puede arrestar a una persona:

Fugarse o ausentarse sin permiso
quien ha desertado o está ausente sin permiso ,
Alcohol y conducción
  • quien haya proporcionado una muestra de aliento positiva (o no haya proporcionado ninguna muestra en absoluto) en virtud de las Leyes de Tráfico Vial o de Transporte y Obras, [ 73 ] [ 74 ] o
  • quién: [ 75 ]
    • Se le ha exigido que proporcione una muestra de aliento, sangre u orina según la sección 7 o la sección 7A de la Ley de Tráfico Vial de 1988 (es decir, una prueba de aliento probatoria, no preliminar).
    • El agente cree que supera el límite prescrito o que no está en condiciones de conducir, y
    • Es probable que conduzca o intente conducir un vehículo.
Otros poderes
  • tomar huellas dactilares después de una condena [ 76 ]
  • quien no ha cumplido con una advertencia condicional, [ 77 ]
  • quien haya cometido una infracción contra los estatutos dictados en virtud de la Ley de Tierras Militares de 1892 , [ 78 ]
  • a quien sospecha razonablemente que es un "terrorista". [ nota 1 ] [ 79 ]
  • de quien sospecha razonablemente que está incumpliendo alguna condición de la libertad bajo fianza.

Fuerza razonable

La facultad de un agente de policía para usar la fuerza razonable está prevista en las siguientes leyes/ instrumentos legales :

El derecho consuetudinario ha reafirmado recientemente el uso de la fuerza en Beckford v R (1987), en el que Lord Griffiths afirmó que " la prueba que debe aplicarse para la legítima defensa es que una persona puede usar la fuerza que sea razonable en las circunstancias tal como él honestamente cree que son en defensa propia o de otra persona ". [ 86 ] Una explicación más general de lo que es razonable también se dio cuatro años antes, en 1984, en Collins v. Wilcock (1984) 1 WLR 1172 DC, que declaró que un agente de policía puede usar la fuerza no cubierta por la legislación u otra ley si "había estado actuando dentro de los límites de lo que era generalmente aceptable en la conducta ordinaria de la vida diaria". [ 87 ]

El Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1953 establece además: « 2. La privación de la vida no se considerará contraria al presente artículo cuando resulte del uso de la fuerza estrictamente necesaria: a. en defensa de una persona contra la violencia ilícita; b. para efectuar una detención legal o impedir la fuga de una persona legalmente detenida; c. en acciones legalmente emprendidas para sofocar un motín o una insurrección. »

La Ley de Derecho Penal de 1967 permite a cualquier persona usar la fuerza razonable en las circunstancias para prevenir el delito, efectuar o ayudar a la detención legal de delincuentes o presuntos delincuentes o de personas ilegalmente prófugas . [ 88 ]

La Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 otorga a un agente de policía la facultad de usar la fuerza razonable cuando esté haciendo uso legal de una facultad conferida por la misma ley. [ 89 ]

La Ley de Justicia Penal e Inmigración de 2008 aclaró aún más el uso de la fuerza según lo anterior, pero también reiteró que la fuerza aún puede ser razonable si estuvo influenciada por una creencia honesta, aunque errónea. [ 90 ]

La Ley de Justicia Penal de 1988 otorga a un agente de policía la facultad de entrar en las instalaciones de una escuela y registrar dichas instalaciones y a cualquier persona en busca de armas ofensivas, permitiéndole usar la fuerza razonable si fuera necesario para ello. [ 82 ]

La Ley de Armas Ofensivas de 2019 otorga a un agente de policía la facultad de usar la fuerza razonable, "si fuera necesario", para registrar y confiscar artículos relevantes en un centro escolar o de educación superior en busca de "sustancias corrosivas". [ 83 ]

Poderes de entrada

Un agente de policía tiene derecho de entrada a terrenos privados en tres circunstancias generales: con consentimiento, sin consentimiento y sin consentimiento y por la fuerza. [ 91 ]

En el derecho inglés, el término «consentimiento» en relación con la entrada ilegal incluye situaciones en las que se sobreentiende la autorización para acceder a una propiedad sin necesidad de que se indique explícitamente: por ejemplo, atravesar un jardín privado para llegar a la puerta principal de una casa con el fin de entregar una carta. Cuando el ocupante no ha dado su consentimiento, se puede entrar sin él si se ha emitido una orden de registro o en otras circunstancias específicas en las que el asunto sea urgente o grave y la ley haya otorgado expresamente dicha facultad. La policía tiene la facultad de usar la fuerza razonable para entrar con una orden judicial y en virtud de las demás facultades de entrada que se describen a continuación.

Órdenes de registro

Se conocen alrededor de 900 disposiciones legales que permiten la emisión de órdenes de registro. Por lo general, estas autorizan a un agente de policía u otro funcionario (normalmente un funcionario municipal o de un departamento gubernamental) a entrar y registrar un inmueble, utilizando la fuerza si fuera necesario, y a incautar pruebas. Suelen ser emitidas por un juez de paz tras una solicitud por escrito que exponga los motivos de la entrada. Como regla general, las órdenes de registro solo se emiten cuando no es posible obtener el acceso mediante consentimiento, o cuando intentar obtenerlo podría conllevar la destrucción de pruebas, etc. [ 92 ]

Otros poderes de entrada

Salvo con una orden de registro, un agente de policía solo puede entrar en un inmueble en circunstancias específicas, casi todas ellas enumeradas en el artículo 17 de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984 (PACE), que codificó y sustituyó en gran medida las disposiciones históricas del derecho consuetudinario en materia de entrada y registro. Además de las facultades conferidas por el artículo 17 de la PACE, otras leyes también otorgan la facultad de entrada (y registro) sin orden judicial.

Cuando la facultad de entrar y registrar con el propósito de arrestar o recapturar a una persona proviene del artículo 17 de la PACE, solo puede ejercerse si el agente tiene motivos razonables para creer que la persona que busca se encuentra en el lugar. [ 93 ] La "creencia razonable" es un umbral más alto que el requerido para arrestar a una persona, que solo requiere "sospecha razonable". Por lo tanto, debe existir algún hecho que lleve al agente a creer que la persona en cuestión está presente en ese momento; por ejemplo, ver a una persona presente que coincida con su descripción, o que se le diga que está presente.

La facultad de entrar y registrar en virtud del artículo 17 con el fin de arrestar o recapturar a una persona también se limita, en relación con locales que constan de dos o más viviendas separadas , a entrar y registrar las zonas comunes (como pasillos, rellanos y escaleras compartidas) y la vivienda en cuestión, pero no las demás viviendas del mismo local. [ 93 ]

La facultad de registro conferida por el artículo 17 es solo una facultad de registro en la medida que sea razonablemente necesaria para el propósito para el cual se ejerce la facultad de entrada. [ 93 ] Por lo tanto, una facultad para registrar a una persona buscada no incluiría una facultad para registrar pruebas del delito por el cual se la busca. Sin embargo, dado que el agente estaría legalmente en el lugar, si encontrara tales pruebas en su registro de la persona, aún podría incautarlas conforme al artículo 19 de la PACE, y si el agente encontrara y arrestara a la persona buscada, podría entonces registrar el lugar en busca de pruebas del delito.

La PACE define "instalaciones" como cualquier lugar y, en particular, incluye cualquier vehículo, embarcación, aeronave o aerodeslizador, una instalación en alta mar (como una plataforma petrolífera ), una instalación de energía renovable (como una turbina eólica ) y una tienda de campaña o estructura móvil. [ 94 ]

Otros poderes

controles de carretera

Un agente uniformado, un agente de policía comunitario o un agente de tráfico puede detener cualquier vehículo en cualquier momento en virtud del artículo 163 de la Ley de Tráfico Vial de 1988. Sin embargo, si un agente desea, por alguna de las razones que se indican a continuación, detener todos los vehículos o ciertos vehículos seleccionados según algún criterio, deberá hacerlo en virtud de la facultad otorgada por el artículo 4 de la Ley de Policía y Pruebas Penales de 1984. [ 95 ] Un control de carretera normalmente solo lo autoriza un agente de policía con rango de superintendente o superior, en cuyo caso se aplican las restricciones indicadas en la segunda columna. [ 95 ] Sin embargo, si un agente con un rango inferior al de superintendente considera que se requiere un control de carretera (por alguna de las razones que se indican a continuación) con carácter de urgencia, podrá autorizarlo él mismo. [ 95 ] En este caso, no se aplican las condiciones indicadas en la segunda columna. [ 95 ]

Si un oficial de rango inferior al de superintendente da autorización, debe remitirse a un superintendente tan pronto como sea posible. [ 95 ] Cuando un superintendente da autorización para un control de carretera, él: [ 95 ]

  • debe especificarse un período, no superior a siete días, durante el cual puede continuar el control de carretera, y
  • podrá disponer que el control de carretera sea continuo o que se realice en momentos específicos durante ese período.

Si a un oficial con rango de superintendente o superior le parece que un control de carretera debe continuar más allá del período para el cual ha sido autorizado, puede especificar un período adicional, que no exceda de siete días, durante el cual puede continuar. [ 95 ]

Además de las facultades para realizar controles de carretera mencionadas anteriormente, la policía tiene la facultad, según el derecho consuetudinario, de establecer controles de carretera e inspeccionar los vehículos detenidos en ellos para prevenir una alteración del orden público. [ 57 ]

Retirada de los disfraces

Según el artículo 60AA de la Ley de Justicia Penal y Orden Público de 1994 , si: [ 96 ]

  • una autorización en virtud del artículo 60 de la Ley (búsqueda de armas) está en vigor, o
  • un inspector emite una autorización en virtud del artículo 60AA sobre la base de que cree razonablemente que: [ 96 ]
    • Las actividades se llevarán a cabo en una parte determinada de su área policial ,
    • esas actividades implicarán la comisión de delitos, y
    • para prevenir o controlar esos delitos es necesario ordenar la retirada de los disfraces,

entonces un agente uniformado puede: [ 96 ]

  • exigir a una persona que se quite cualquier artículo que el agente de policía crea razonablemente que esa persona lleva puesto total o principalmente con el propósito de ocultar su identidad, y
  • Confiscar cualquier artículo que el agente de policía crea razonablemente que una persona tiene la intención de usar total o principalmente para ese propósito.

Las autorizaciones se aplican a una sola localidad, tienen una vigencia de 24 horas y el inspector que las otorga debe informar a un superintendente lo antes posible. [ 96 ] Un superintendente puede extender la autorización por otras 24 horas. [ 96 ] No quitarse el disfraz cuando se le requiera constituye un delito. [ 96 ]

Poder para ordenar a una persona que abandone el lugar.

Un agente de policía tiene la facultad de ordenar a una persona que abandone un lugar si cree que dicha persona se encuentra en un lugar prohibido por una orden o condición judicial [ 97 ] según lo dispuesto en la Sección 112 de la Ley de Delincuencia Organizada Grave y Policía de 2005.

Existe una facultad adicional para ordenar a alguien que se retire del lugar, según lo estipulado en el artículo 35 de la Ley de Comportamiento Antisocial, Delincuencia y Policía de 2014. Esto permite a un agente de policía ordenar a una persona que se retire si sospecha razonablemente que su comportamiento está causando o es probable que cause acoso, alarma o angustia a los ciudadanos de la zona, o que dicha persona contribuirá a la comisión de delitos o disturbios en la localidad. Las condiciones para ello se encuentran en los artículos 34 y 36.

También existen otros motivos para ordenar a una persona o personas que abandonen una zona, por ejemplo, para disuadir a alguien de cometer más delitos (según lo exige el Código G de la PACE), para impedir que alguien obstruya la vía pública, para retirar a alguien de la escena de un crimen, etc.

Fotografiar a los sospechosos

El artículo 61 de la PACE permite a un agente de policía tomar las huellas dactilares de un sospechoso sin su consentimiento cuando sospecha que alguien ha cometido o está cometiendo un delito y existe duda sobre el nombre del sospechoso. [ 98 ]

Facultad para exigir el nombre/dirección por comportamiento antisocial

El artículo 50 de la Ley de Reforma Policial de 2002 permite a un agente uniformado exigir a una persona que proporcione su nombre y dirección si tiene motivos para creer que ha actuado o está actuando de manera antisocial. Esta facultad también está disponible para los agentes de apoyo comunitario y otros. [ 99 ]

La definición de comportamiento antisocial se proporciona en la Sección 2 de la Ley de Comportamiento Antisocial, Delincuencia y Policía de 2014 :

En esta parte, "comportamiento antisocial" significa:

(a) conducta que haya causado o sea probable que cause acoso, alarma o angustia a cualquier persona, (b) conducta capaz de causar molestias o incomodidad a una persona en relación con la ocupación de una vivienda por parte de dicha persona, o

c) conducta capaz de causar molestias o incomodidades relacionadas con la vivienda a cualquier persona. [ 100 ]

Véase también

Notas

  1. En la Ley Antiterrorista de 2000, «terrorista» significa una persona que ha cometido un delito según cualquiera de las secciones 11, 12, 15 a 18, 54 y 56 a 63 de dicha Ley, o que está o ha estado involucrada en la comisión, preparación o instigación de actos de terrorismo. «Terrorismo» tiene el significado que se le da en la sección 1 de dicha Ley.

Referencias

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