Articulo de referencia

Comunidad energética

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La Comunidad de la Energía , comúnmente conocida como Comunidad de la Energía para el Sudeste de Europa ( ECSEE ), [ 2 ] [ 3 ] es una organización internacional integrada por la Unión Europea (UE) y varios países no pertenecientes a la UE. Su objetivo es extender el mercado interior de la energía de la UE a una región más amplia del Sudeste de Europa. Los miembros se comprometen a implementar el acervo comunitario energético pertinente de la UE , a desarrollar un marco regulatorio adecuado y a liberalizar sus mercados energéticos de conformidad con el acervo del Tratado fundacional. [ 4 ]

Apuntar

La Comunidad de la Energía tiene como objetivo establecer un mercado energético paneuropeo mediante la extensión del acervo energético de la Unión Europea a los territorios del sudeste y este de Europa. El marco jurídico de la Comunidad de la Energía abarca la legislación de la UE en materia de energía, medio ambiente y competencia.

Tras su entrada en vigor, el tratado acervo se ha ampliado en varias ocasiones. [ 5 ] Ahora también incluye legislación relativa a la seguridad del suministro, la eficiencia energética, el petróleo, las energías renovables, las estadísticas, la infraestructura y el clima.

En consonancia con la actualización a nivel de la UE, la Comunidad de la Energía transpone e implementa el Tercer Paquete Energético de la UE desde septiembre de 2011. El Consejo Ministerial de 2021 adoptó cinco actos legislativos clave [ 6 ] derivados del paquete de la UE «Energía limpia para todos los europeos» [ 7 ] . Los objetivos de energías renovables, eficiencia energética y reducción de gases de efecto invernadero para 2030 se adoptarán en el próximo Consejo Ministerial de 2022, tras la finalización de un estudio de la Comisión Europea.

Partes, participantes y observadores

Partes

Las Partes del Tratado de la Comunidad de la Energía son la Unión Europea y nueve Partes Contratantes (fecha de ratificación):

Tras obtener la condición de observador, Moldavia y Ucrania manifestaron formalmente su interés en la adhesión plena. Por mandato del Consejo Ministerial, la Comisión Europea celebró la primera ronda de negociaciones formales con Moldavia y Ucrania a finales de 2008. Tras tres rondas de negociación, las negociaciones técnicas concluyeron en 2009. Sin embargo, el Consejo Ministerial condicionó la adhesión a la introducción de enmiendas legislativas. Concretamente, solicitó a ambos países que revisaran sus leyes sobre el gas y las adaptaran a la Directiva 2003/55/CE de la UE sobre el gas. [ 10 ] Mientras que Moldavia se convirtió en miembro de pleno derecho el 1 de mayo de 2010, Ucrania se adhirió oficialmente a la Comunidad de la Energía el 1 de febrero de 2011.

Georgia solicitó la membresía plena en 2014 y se unió a la organización como miembro de pleno derecho el 1 de julio de 2017.

Observadores

Cualquier otro tercer país vecino puede obtener la condición de observador previa aprobación de una solicitud motivada por el Consejo Ministerial. Un Acta de Procedimiento independiente regula los derechos y obligaciones de los observadores del Tratado. [ 11 ] Los observadores del Tratado son:

Participantes

De conformidad con el tratado, cualquier Estado miembro de la UE puede obtener la condición de participante. Al hacerlo, el Estado miembro de la UE tiene derecho a asistir al Consejo Ministerial, al Grupo Permanente de Alto Nivel, al Consejo Regulador y a los foros, y a participar en los debates de estos órganos. Este privilegio es utilizado por 19 Estados miembros de la UE, a saber:

Tras su adhesión a la Unión Europea, tres de los signatarios originales del tratado, Bulgaria, Croacia y Rumanía, han pasado de ser Parte Contratante a Participante.

Instituciones

Las principales instituciones establecidas por el tratado son:

  • Consejo Ministerial
  • Grupo permanente de alto nivel
  • Junta Reguladora de la Comunidad Energética (ECRB)
  • Foro
  • Secretaría

Consejo Ministerial

El Consejo Ministerial es el principal órgano decisorio de la Comunidad de la Energía. Adopta las decisiones políticas clave y aprueba las normas y procedimientos de la Comunidad. Está compuesto por un representante de cada Parte Contratante, generalmente el Ministro responsable de energía, y dos representantes de la Unión Europea: el Comisario Europeo de Energía y un representante de alto nivel de la Presidencia de la Unión Europea.

Tras una decisión adoptada en diciembre de 2009, el Consejo Ministerial se reúne una vez al año. Además, la Presidencia del Consejo es ejercida de forma rotativa por cada Estado contratante durante un período de 12 meses. Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, Serbia ostenta la presidencia y preside las principales reuniones institucionales.

Grupo permanente de alto nivel

El Grupo Permanente de Alto Nivel reúne a altos funcionarios de cada Parte Contratante y a dos representantes de la Comisión Europea. Garantiza la continuidad y el seguimiento de las reuniones políticas de los ministros y decide, en ciertos casos, sobre las medidas de aplicación.

Junta Reguladora de la Comunidad Energética

El Consejo Regulador [ 12 ] está integrado por representantes de alto nivel de los organismos reguladores energéticos nacionales de las Partes Contratantes, Observadores y Participantes de la Comunidad de la Energía. Asesora al Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía y al Grupo Permanente de Alto Nivel (GPA) sobre los detalles de las normas legales, técnicas y reglamentarias, y formula recomendaciones en caso de controversias transfronterizas entre reguladores. El Consejo puede adoptar medidas regulatorias cuando el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía se lo autoriza.

La Junta está presidida actualmente por su Presidente (2020-2023), el Sr. Marko Bislimoski, Presidente de la Comisión Reguladora de Servicios de Energía y Agua de la República de Macedonia del Norte. La Unión Europea, representada por la Comisión Europea, actúa como Vicepresidenta y cuenta con la asistencia de la Agencia para la Cooperación de los Reguladores de la Energía ( ACER ). La Junta Reguladora se reúne en Atenas. Su labor recibe el apoyo de la Secretaría de la Comunidad de la Energía.

Foro

Los foros tienen la función de asesorar a la Comunidad de la Energía. Presidido por la Comisión Europea, un foro reúne a todas las partes interesadas del sector, los reguladores, las asociaciones industriales y los consumidores. Sus conclusiones, acordadas por consenso, se presentan al Grupo Permanente de Alto Nivel.

El establecimiento de los foros refleja el proceso que condujo a la creación de la Comunidad de la Energía. El Foro de la Electricidad de Atenas, anteriormente conocido como Foro de Regulación Energética del Sudeste de Europa, se reunió por primera vez en 2002. Los términos que rigen el Foro del Gas se establecieron en 2006. Se decidió que el Foro del Gas se reuniría en Eslovenia. El primer Foro Social tuvo lugar en noviembre de 2008. En su reunión de diciembre de 2008, el Consejo Ministerial decidió adoptar la legislación sobre reservas de petróleo y establecer el Foro del Petróleo. El primer Foro del Petróleo se reunió en 2009 en Belgrado . Recientemente, también se han establecido un Foro de Derecho de Viena, un Foro de Transición Justa [ 13 ] y un Foro de Resolución de Controversias [ 14 ] .

Secretaría

Representantes de la Secretaría, incluido su director (en el centro), en una reunión en el Parlamento de Moldavia.

La Secretaría administra las actividades cotidianas de la Comunidad de la Energía. La Secretaría asiste a las Partes Contratantes en la aplicación del acervo comunitario. Asimismo, las apoya en la elaboración de legislación y realiza misiones de expertos cuando lo solicitan las autoridades nacionales. La Secretaría organiza anualmente más de 60 eventos, entre ellos reuniones institucionales y talleres de expertos.

Cada año, la Secretaría presenta un Informe Anual de Aplicación [ 15 ] al Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía, que evalúa el cumplimiento de cada Parte Contratante con respecto a sus obligaciones en virtud del tratado. Si una Parte Contratante incumple sus obligaciones en virtud del tratado, la Secretaría puede iniciar un procedimiento de infracción. [ 16 ]

Desde el 1 de diciembre de 2021, el director de la Secretaría es Artur Lorkowski . Lorkowski es el tercer director de la Comunidad de la Energía, después de Janez Kopač (2012-2021) y Slavtcho Neykov (2007-2012). El director de la Secretaría es responsable de garantizar que el presupuesto de la Comunidad de la Energía, al que contribuyen todas las Partes, se gaste y rinda cuentas correctamente. El director también selecciona y nombra al personal con base en el plan de organización aprobado de la Comunidad de la Energía. A diciembre de 2021, la Secretaría cuenta con 34 empleados de 18 nacionalidades diferentes.

La Secretaría tiene su sede en Viena, Austria.

Papel de la Unión Europea

Representada por la Comisión Europea, la Unión Europea ostenta la Vicepresidencia permanente de la Comunidad de la Energía. La Comisión Europea asiste a la Presidencia en la dirección del Grupo Permanente de Alto Nivel y del Consejo Ministerial, así como en la preparación de los órdenes del día de todas las reuniones institucionales. En la reunión anual del Consejo Ministerial, la Comisión Europea está representada por el Comisario de Energía. La Unión Europea es el principal contribuyente al presupuesto de la Comunidad de la Energía, con una aportación cercana al 95 %.

Historia

Las raíces del Tratado de la Comunidad de la Energía se remontan al Mercado Regional de Energía del Sudeste de Europa para la electricidad y el gas natural, formado originalmente en el marco del Pacto de Estabilidad para el Sudeste de Europa mediante el Memorando de Atenas. En este sentido, el establecimiento de la Comunidad de la Energía representa un paso político muy importante en un sector económico clave antes de la adhesión de los países del Sudeste de Europa a la UE . [ 17 ] El marco institucional de la Comunidad de la Energía muestra grandes paralelismos con las estructuras de la Unión Europea. Fue en las negociaciones de este tratado donde la Comisión «reprodujo» las instituciones creadas por los padres fundadores de las Comunidades Europeas y reprodujo sus propias instituciones fuera de sus fronteras . [ 18 ] Con motivo de la firma del Tratado, la Comisión Europea declaró que el Tratado de la Comunidad de la Energía está conscientemente inspirado en la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, que fue la génesis de la Unión Europea . [ 19 ]

Memorándum de Atenas

El «Memorando de Atenas» se refiere al memorando de entendimiento de 2002 y su revisión de 2003, firmados en Atenas. Fue propuesto por la Unión Europea y delineaba los principios y las necesidades institucionales para el desarrollo del mercado eléctrico regional en el sudeste de Europa. Tras intensas discusiones, se alcanzó un acuerdo en el primer Foro de Regulación Eléctrica del Sudeste de Europa en junio de 2002. La firma del memorando tuvo lugar en noviembre de 2002 entre Albania, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Grecia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Rumania, Serbia y Montenegro , y Turquía.

La revisión de 2003 añadió el gas natural al ámbito de trabajo. En virtud del Memorando de Atenas, se preveía un mercado energético regional del sudeste de Europa que formaría parte del mercado interior de la energía de la UE. El Memorando de Atenas también estableció varias instituciones, conocidas colectivamente como el «Proceso de Atenas». En 2004, la reunión del Foro de Atenas decidió denominar al proceso «Comunidad de la Energía». Al mismo tiempo, se acordó la ubicación de las futuras instituciones.

Tratado de la Comunidad Energética

En mayo de 2004, la Unión Europea inició negociaciones con los países del sudeste de Europa para concluir un acuerdo jurídico. Las negociaciones se llevaron a cabo entre la Comunidad Europea, por un lado, y Albania, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, la República de Montenegro, Serbia, Rumania, Turquía y la UNMIK en representación de Kosovo, por el otro. El tratado que creó la Comunidad de la Energía se firmó en Atenas, Grecia, el 25 de octubre de 2005. El Parlamento Europeo aprobó la firma del tratado el 29 de mayo de 2006 y este entró en vigor el 1 de julio de 2006.

Según el artículo 97, [ 20 ] el Tratado se celebra por un período de 10 años a partir de la fecha de su entrada en vigor. En octubre de 2013, el Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía [ 21 ] decidió unilateralmente extender la duración del tratado por diez años, hasta 2026.

En esta ocasión, el Consejo Ministerial también creó un Grupo de Reflexión de Alto Nivel, encargado de evaluar la idoneidad de la estructura institucional y los métodos de trabajo de la Comunidad de la Energía para alcanzar los objetivos del Tratado. El Grupo de Reflexión publicó el 11 de junio de 2014 su informe final « Una Comunidad de la Energía para el Futuro » [ 22 ] , en el que se exponen recomendaciones para mejorar la Comunidad de la Energía. Se ha adoptado una hoja de ruta para la implementación de estas propuestas.

Críticos

El tratado ha sido criticado por la Unión Europea de Servicios Públicos por carecer de una dimensión social. [ 23 ] El acervo de la Comunidad de la Energía hace referencia explícita a las obligaciones de servicio público y la protección del consumidor. Si bien el Tratado puede carecer de un acervo jurídicamente vinculante sobre el diálogo social, las Partes Contratantes tienen la obligación jurídicamente vinculante de fomentar la dimensión social dentro del proceso. En octubre de 2007, las Partes firmaron el Memorando de Entendimiento sobre Asuntos Sociales en el contexto de la Comunidad de la Energía. El Memorando reconoce que el desarrollo económico y el progreso social están mutuamente vinculados y deben ir de la mano. También destaca la importancia y la necesidad de involucrar a los interlocutores sociales en el proceso de reforma. Ucrania y Moldavia firmaron la Declaración del Memorando de Entendimiento sobre Asuntos Sociales en octubre de 2011.

Organizaciones ambientales del sudeste de Europa criticaron el proceso en diciembre de 2008, ya que creían que el ECSEE contenía mecanismos de salvaguardia insuficientes para asegurar que la promoción bienintencionada de la eficiencia energética y las energías renovables no se viera eclipsada por la promoción de grandes centrales de carbón e hidroeléctricas, a menudo perjudiciales para el medio ambiente. [ 24 ] El Consejo Ministerial de la Comunidad de la Energía decidió establecer un grupo de trabajo sobre eficiencia energética en 2007. En 2013 pasó a llamarse Grupo de Coordinación de Eficiencia Energética (EECG), que proporciona una amplia plataforma para la cooperación entre representantes de ministerios y agencias encargados de la energía y la eficiencia energética de las Partes Contratantes, los Países Observadores y los Participantes. Desde 2009, la Comunidad de la Energía implementa el acervo comunitario central de eficiencia energética de la UE . [ 25 ] En el ámbito de las energías renovables, el debate para la adopción de la directiva de la UE sobre energías renovables comenzó ya en 2008. El Consejo Ministerial creó un grupo de trabajo sobre energías renovables en 2009 y adoptó la Directiva 2009/28/CE con objetivos vinculantes de energías renovables para 2020 en octubre de 2012. En octubre de 2015, los ministros decidieron restablecer el grupo de trabajo sobre energías renovables. El Grupo de Trabajo de la Comunidad de la Energía sobre Medio Ambiente está en funcionamiento desde la primavera de 2011.

Véase también

Referencias

  1. "Presidencia en ejercicio" .
  2. Johannes Pollak, Samuel R. Schubert, Maren Kreutler. "Política energética de la Unión Europea" . Palgrave Macmillan , 2016, pág. 122.
  3. Reuters , Ucrania afirma que Bielorrusia ha impuesto barreras comerciales en la disputa por el avión : 28 de mayo de 2021
  4. Tratado sobre la Comunidad de la Energía en el Sudeste de Europa . Consejo de Reguladores Europeos. Archivado el 7 de octubre de 2022 en Wayback Machine , Informe Anual de 2004.
  5. "véase la página del acervo comunitario vigente" .
  6. "véase la noticia del 19º Consejo Ministerial" .
  7. "Ver página del Pacto Verde Europeo" .
  8. "Decisión del Consejo Europeo sobre la conclusión del Tratado de la Comunidad de la Energía, L 198/15" . 20 de julio de 2006.
  9. "Georgia ratifica el acuerdo de adhesión a la Comunidad Energética Europea" . Civil Georgia . 26 de abril de 2017. Consultado el 26 de abril de 2017 .
  10. «Directiva 2003/55/CE, de 26 de junio de 2003, relativa a las normas comunes del mercado interior del gas natural (derogada)» . Oficina de Publicaciones de la Unión Europea. 15 de julio de 2003.
  11. "Decisión del Consejo Ministerial sobre la adopción de las Reglas de Procedimiento para la Aceptación de Países como Observadores de la Comunidad de la Energía" (PDF) .
  12. "véase Junta Reguladora de la Comunidad Energética" .
  13. "véase Iniciativa de Transición Justa para la Comunidad Energética" .
  14. "véase el Centro de Resolución de Controversias y Negociación de la Secretaría de la Comunidad de la Energía" .
  15. «Véase Informes de Implementación de la Secretaría» . Archivado del original el 25 de octubre de 2022. Consultado el 2 de diciembre de 2021 .
  16. "véase el registro de casos de la Comunidad Energética" . Archivado del original el 25 de octubre de 2022. Consultado el 2 de diciembre de 2021 .
  17. "Florence School of Regulation, EUI working paper on the Energy Community, Rozeta Karova, p.18, RSCAS 2009/12" (PDF) .
  18. "EIoP, La Comunidad Energética del Sudeste de Europa: Un proyecto neofuncionalista de integración regional, Stephan Renner, pág. 11" . Eiop.or.at. 25 de febrero de 2009. Archivado del original el 22 de mayo de 2009.
  19. «La UE y el sudeste de Europa firman un tratado histórico para impulsar la integración energética, IP/05/1346» . Europa (portal web). 25 de octubre de 2005.
  20. "véase Tratado de la Comunidad de la Energía" .
  21. "véase la Decisión 2013/03/MC-EnC por la que se prorroga la duración" (PDF) .
  22. "Informe del Grupo de Reflexión de Alto Nivel" (PDF) . Archivado del original (PDF) el 19 de septiembre de 2019. Consultado el 8 de enero de 2020 .
  23. "Comunicado de prensa de la EPSU: Se insta al Consejo Ministerial de la Comunidad Energética a fortalecer la dimensión social" . Epsu.org. 17 de diciembre de 2009. Archivado del original el 17 de abril de 2012. Consultado el 24 de julio de 2012 .
  24. "Documento de posición de South-East Europe Development Watch, Políticas energéticas del sudeste de Europa" (PDF) . 8 de diciembre de 2008. Archivado del original (PDF) el 25 de julio de 2011. Consultado el 31 de marzo de 2009 .
  25. "Decisión del Consejo Ministerial sobre la aplicación de determinadas Directivas en materia de eficiencia energética" (PDF) .
  • energy-community.org Sitio web oficial de Energy Community
  • Tratado por el que se establece la Comunidad de la Energía
  • Iniciativa EU4Energy de la UE