Articulo de referencia

Res juzgata

Angelo Gambiglioni, De re iudicata , 1579 Res judicata o res iudicata , también conocida como preclusión de la demanda , es eltérmino latino para materia juzgada , [ 1 ] y se re...

Angelo Gambiglioni, De re iudicata , 1579

Res judicata o res iudicata , también conocida como preclusión de la demanda , es eltérmino latino para materia juzgada , [ 1 ] y se refiere a cualquiera de dos conceptos en el procedimiento civil del derecho común : un caso en el que ha habido una sentencia firme y que ya no está sujeto a apelación ; y la doctrina legal destinada a impedir (o excluir) la nueva litigación de una demanda entre las mismas partes .

En el caso de cosa juzgada , el asunto no puede volver a plantearse, ni ante el mismo tribunal ni ante otro. Un tribunal invoca la cosa juzgada para denegar la reconsideración de un asunto. La doctrina de la cosa juzgada es un método para prevenir injusticias a las partes en un caso ya concluido y evitar el desperdicio de recursos judiciales. La cosa juzgada no solo impide que futuras sentencias contradigan anteriores, sino que también impide que los litigantes multipliquen sentencias.

Es similar al concepto de doble enjuiciamiento y non bis in idem en derecho penal, pero la protección en los procesos penales solo impide un enjuiciamiento idéntico por el mismo delito. Sin embargo, se puede imputar un delito diferente con pruebas idénticas en un segundo juicio; mientras que la cosa juzgada excluye cualquier causa de acción o reclamación que pueda surgir del asunto previamente litigado. [ 2 ]

Ley común

En las jurisdicciones de derecho anglosajón , el principio de cosa juzgada puede ser invocado tanto por un juez como por un demandado.

Una vez dictada una sentencia firme en un litigio , los jueces posteriores que se enfrenten a una demanda idéntica o sustancialmente igual a la anterior aplicarán la doctrina de la cosa juzgada para preservar el efecto de la primera sentencia.

Un demandado en un litigio puede invocar la cosa juzgada como defensa. La regla general establece que un demandante que haya entablado una acción contra un demandado y obtenido una sentencia firme válida no podrá iniciar otra acción contra el mismo demandado cuando:

  • La reclamación se basa en la misma transacción que fue objeto de la primera demanda;
  • El demandante busca una reparación diferente, o una reparación adicional, a la que obtuvo en la primera acción;
  • La demanda es de tal naturaleza que podría haberse incluido en la primera acción. [ 3 ]

Por ejemplo, una vez que un plan de quiebra es confirmado en un procedimiento judicial, el plan es vinculante para todas las partes involucradas. Cualquier cuestión relativa al plan que pudiera haberse planteado pero no se planteó puede quedar prescrita por cosa juzgada . [ 4 ]

La Séptima Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos establece que ningún hecho que haya sido juzgado por un jurado podrá ser revisado en ningún tribunal de los Estados Unidos o de ningún estado , salvo de conformidad con las normas legales.

Para que la cosa juzgada sea vinculante, deben cumplirse varios factores:

  • identidad en la cosa en cuestión;
  • identidad de la causa en litigio;
  • identidad de las partes en el litigio;
  • identidad en la designación de las partes involucradas;
  • si el fallo era definitivo;
  • si las partes tuvieron la oportunidad plena y justa de ser escuchadas sobre el tema.

En cuanto a la designación de las partes involucradas , una persona puede participar en una acción mientras desempeña un cargo determinado (por ejemplo, como agente de otra persona) y posteriormente iniciar la misma acción en una capacidad diferente (por ejemplo, como su propio agente). En ese caso, la cosa juzgada no sería una defensa válida a menos que el demandado pudiera demostrar que las diferentes designaciones no eran legítimas ni suficientes.

Alcance

La cosa juzgada incluye dos conceptos relacionados: la preclusión de la reclamación y la preclusión de la cuestión (también llamada estoppel colateral o estoppel de la cuestión), aunque a veces la cosa juzgada se usa de forma más restringida para referirse únicamente a la preclusión de la reclamación.

La preclusión de la demanda impide que se vuelva a presentar una demanda sobre un hecho que fue objeto de una causa de acción legal anterior que ya ha sido decidida definitivamente entre las partes [ 5 ] o entre quienes tienen relación jurídica con una parte.

La preclusión de cuestiones impide volver a litigar asuntos de hecho o de derecho que ya han sido necesariamente determinados por un juez o jurado como parte de un caso anterior.

A menudo resulta difícil determinar cuál de estos conceptos, si es que alguno, se aplica a demandas posteriores que aparentemente están relacionadas, ya que muchas causas de acción pueden aplicarse a la misma situación fáctica y viceversa . El alcance de una sentencia anterior es probablemente la cuestión más difícil que los jueces deben resolver al aplicar la cosa juzgada . En ocasiones, solo se verá afectada una parte del proceso. Por ejemplo, una sola reclamación puede ser desestimada de una demanda, o una sola cuestión de hecho puede ser excluida de la reconsideración en el nuevo juicio.

La cosa juzgada impide abordar cuestiones que fueron resueltas en un procedimiento anterior, así como cuestiones que podrían haberse resuelto. [ 6 ]

Razón fundamental

La cosa juzgada tiene por objeto lograr un equilibrio entre intereses contrapuestos. Su propósito principal es asegurar un sistema judicial eficiente. Un propósito relacionado es crear «resolución» y carácter definitivo. [ 7 ]

El juez de la Corte Suprema de los Estados Unidos, Potter Stewart, explicó la necesidad de este precepto legal de la siguiente manera:

Los tribunales federales se han adherido tradicionalmente a las doctrinas relacionadas de cosa juzgada (preclusión de la acción) y preclusión de cuestiones (preclusión de la cuestión). Conforme a la cosa juzgada , una sentencia firme sobre el fondo de un asunto impide a las partes volver a litigar cuestiones que se plantearon o pudieron haberse planteado en dicho litigio. Conforme a la preclusión de cuestiones, una vez que un tribunal ha resuelto una cuestión de hecho o de derecho necesaria para su sentencia, dicha decisión puede impedir que se vuelva a litigar la misma cuestión en un juicio sobre una causa de acción diferente que involucre a una parte en la primera causa. Como este tribunal y otros tribunales han reconocido con frecuencia, la cosa juzgada y la preclusión de cuestiones evitan a las partes los costos y las molestias de múltiples litigios, conservan los recursos judiciales y, al prevenir decisiones contradictorias, fomentan la confianza en la resolución judicial. [ 8 ]

Excepciones a la aplicación

La cosa juzgada no restringe el proceso de apelación , [ 9 ] que se considera una extensión lineal del mismo litigio a medida que este asciende (y desciende) por la jerarquía del tribunal de apelación . Las apelaciones se consideran la forma apropiada de impugnar una sentencia en lugar de intentar iniciar un nuevo juicio. Una vez agotado o renunciado el proceso de apelación, la cosa juzgada se aplicará incluso a una sentencia contraria a la ley. En los estados que permiten la renovación de una sentencia, una demanda para renovarla no estaría prohibida por la cosa juzgada , pero en los estados que no permiten la renovación por acción (a diferencia de la renovación por scire facias o por moción), dicha acción sería rechazada por los tribunales por ser vejatoria.

Existen excepciones limitadas a la cosa juzgada que permiten a una parte impugnar la validez de la sentencia original, incluso fuera de los recursos de apelación. Estas excepciones —generalmente denominadas impugnaciones colaterales— se basan normalmente en cuestiones procesales o jurisdiccionales , no en la conveniencia de la decisión del tribunal anterior, sino en su autoridad o en la competencia de dicho tribunal para dictarla. Es más probable que una impugnación colateral sea procedente (y tenga éxito) en sistemas judiciales con múltiples jurisdicciones, como los gobiernos federales , o cuando se solicita a un tribunal nacional que ejecute o reconozca la sentencia de un tribunal extranjero.

Además, en asuntos relacionados con el debido proceso , los casos que parecen ser cosa juzgada pueden volver a ser objeto de litigio. Un ejemplo sería el establecimiento del derecho a la asistencia letrada. A las personas que han sido privadas de su libertad (es decir, encarceladas) se les puede permitir ser juzgadas nuevamente con un abogado, como una cuestión de equidad.

La cosa juzgada podría no aplicarse en casos que involucren la reserva de England . Si un litigante presenta una demanda ante un tribunal federal, y dicho tribunal suspende el procedimiento para permitir que un tribunal estatal considere las cuestiones de derecho estatal, el litigante puede informar al tribunal estatal que se reserva cualquier cuestión de derecho federal en el litigio para el tribunal federal. Si realiza dicha reserva, la cosa juzgada no le impediría devolver el caso al tribunal federal una vez concluido el procedimiento en el tribunal estatal. [ 10 ]

Existe una excepción de sentencia declarativa a la cosa juzgada . "[U]na acción declarativa determina solo lo que realmente decide y no tiene un efecto preclusivo sobre otras alegaciones que pudieran haberse presentado." [ 11 ] Por lo tanto, "un demandante que ha perdido una acción de sentencia declarativa también puede presentar una acción posterior para obtener otro tipo de reparación, sujeta a la limitación de las determinaciones realizadas en la acción declarativa." [ 11 ] Esta excepción ha sido adoptada en Oregón, [ 12 ] Texas, [ 13 ] y en varios otros estados de EE. UU.

La cosa juzgada puede evitarse si al demandante no se le brindó una oportunidad plena y justa para litigar la cuestión decidida por un tribunal estatal. Podría interponer una demanda ante un tribunal federal para impugnar la idoneidad de los procedimientos estatales. En ese caso, la demanda federal se dirigiría contra el estado y no contra el demandado en el primer juicio. [ 3 ]

La cosa juzgada no se aplicará si el consentimiento (o acuerdo tácito) justifica la división de una demanda. [ 14 ] Si un demandante divide una demanda en el curso de un litigio con razones especiales o justificables para hacerlo, una sentencia en ese proceso puede no tener la consecuencia habitual de extinguir la totalidad de la demanda.

Sin embargo, una vez que se ha apelado una sentencia, la firmeza de la decisión del tribunal de apelación se confirma en dicho procedimiento al aplicarse en procedimientos posteriores que involucren el mismo asunto, ya sea en el tribunal de apelación o en tribunales inferiores. Esta es la doctrina de la cosa juzgada .

No aplicar

Cuando un tribunal posterior no aplica la cosa juzgada y emite un veredicto contradictorio sobre la misma demanda o cuestión, si un tercer tribunal se enfrenta al mismo caso, probablemente aplicará la regla de "último en el tiempo", dando efecto únicamente a la sentencia posterior, aunque el resultado haya sido diferente la segunda vez. Esta situación no es infrecuente, ya que normalmente es responsabilidad de las partes en el litigio poner el caso anterior en conocimiento del juez, y este debe decidir con qué amplitud aplicarlo, o si lo reconoce en primer lugar. [ 15 ]

Derecho civil

La doctrina de la cosa juzgada en los países con sistemas jurídicos de derecho civil tiene un alcance mucho más limitado que en los países de derecho anglosajón. En los países de derecho civil que adoptan conceptos jurídicos alemanes , como Japón y Taiwán, la cosa juzgada ( Rechtskraft ) está estrechamente vinculada a la causa de acción ( Streitgegenstand ). Sin embargo, la teoría de la causa de acción difiere entre Alemania, Japón y Taiwán; por lo tanto, el alcance de la cosa juzgada varía en estos países.

Derecho internacional

La cosa juzgada se aplica en el arbitraje internacional y otros procedimientos. El artículo 59 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia establece: «La decisión de la Corte no tiene fuerza vinculante salvo entre las partes y respecto de ese caso en particular». Este artículo, junto con el artículo 60, «La sentencia es firme e inapelable», constituye una clara declaración del principio de cosa juzgada : que las mismas partes no pueden volver a litigar un caso que ya ha sido resuelto judicialmente.

Además, según el artículo 38 (1)(c) del mismo estatuto, se considera un «principio general de derecho reconocido por las naciones civilizadas». La aplicabilidad del principio se confirmó en el caso del Canal de Corfú (1947-49) y en el caso de la Compañía de Tracción de Barcelona (1970). [ 16 ]

Véase también

Referencias

  1. "res judicata" . Oxford English Dictionary (  edición en línea). Oxford University Press.(Se requiere suscripción o pertenencia a una institución participante ).
  2. D Nimmer (1981). La cláusula de doble enjuiciamiento como impedimento para reintroducir pruebas (De Criminal Law Review, 1981, págs. 301-320, James G Carr, ed.).
  3. 1 2 "Res Judicata" . Wex . Facultad de Derecho de Cornell . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  4. "11 US Code § 1141 - Efecto de la confirmación, Subsección (a)" . Instituto de Información Legal . Facultad de Derecho de Cornell . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  5. Por lo demás, el interés público, en las sentencias electorales, "se hace con una investigación con efecto erga omnes, que excede los límites subjetivos habituales de la cosa juzgada": Buonomo, Giampiero (2001). "Non entra en Comune lo sportivo" vigilato "(storie delle ineleggibilità e di incompatibilità)" . Diritto&Giustizia Edizione en línea . Archivado desde el original el 1 de agosto de 2012 . Consultado el 17 de marzo de 2016 .
  6. Corte Suprema de Illinois , La Salle National Bank v. County Board of School Trustees , publicado el 26 de septiembre de 1975, consultado el 12 de julio de 2023
  7. " Comer v. Murphy Oil USA, Inc. , 718 F.3d 460 (5.º Cir. 2015)" . Google Académico . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  8. " Allen v. McCurry , 449 US 90, 94, 101 S.Ct. 411 (1980)" . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  9. En el ius commune continentalera diferente: «Cuando los juristas definen res judicata , la distinguen de la sentencia firme. Por sentencia firme, entienden una decisión del juez que define y concluye el objeto principal del caso y que, por lo tanto, necesariamente contiene palabras de absolución o condena. Sin embargo, la res judicata presenta algo más, un valor añadido, en comparación con la sentencia firme pronunciada por el juez: la sentencia se emite in rem judicatam tras diez días, durante los cuales se permite interponer recurso. Los diez días concedidos a las partes para apelar están previstos por un principio de ius commune y representan una pausa necesaria entre el juicio y la sentencia, por un lado, y la res judicata , por otro. Una pausa que permite a las partes evaluar el trabajo realizado por el juez y sus resultados, así como identificar posibles motivos para apelar». Antonella Bettoni, Res judicata and null and void judgment in the Italian and German doctrine of Sixteenth – and Seventeenth – century criminal law. Ciertos perfiles interpretativos , Crime, Histoire & Sociétés / Crime, History & Societies, vol. 12, núm. 1, 2008, pág. 4.
  10. England v. Louisiana State Board of Medical Examiners , 375 U.S. 411 (1964)
  11. 1 2 Restatement (Second) of Judgments . pp. § 33 cmt. c. 
  12. " O'Connor v. Zeldin , 134 Or. App. 444, 447 (1995)" . Google Académico . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  13. " Valley Oil Co. v. City of Garland , 499 SW2d 333, 335 (Tex.Civ. App-Dallas 1973)" . Google Académico . Consultado el 12 de diciembre de 2017 .
  14. Restatement (Second) of Judgments , sección 26(1)(a), consultado el 21 de abril de 2024
  15. Véase Americana Fabrics, Inc. v. L & L Textiles, Inc. , 754 F.2d 1524, 1529-30 (9th Cir. 1985).
  16. "res judicata", Diccionario enciclopédico de derecho internacional (2009). Eds. Grant, John P., y J. Craig Barker: Oxford University Press, Reino Unido
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