Articulo de referencia

Grupo Amato

El ex primer ministro italiano Giuliano Amato lideró el grupo. El Grupo Amato , oficialmente el Comité de Acción para la Democracia Europea ( ACED ), fue un grupo de políticos e...

El ex primer ministro italiano Giuliano Amato lideró el grupo.

El Grupo Amato , oficialmente el Comité de Acción para la Democracia Europea ( ACED ), fue un grupo de políticos europeos de alto nivel que trabajaron extraoficialmente, entre 2006 y 2007, en la reescritura del Tratado que establecía una Constitución para Europa, transformándolo en lo que se conoció como el Tratado de Lisboa (diciembre de 2007), tras el rechazo del tratado anterior en 2005 mediante referendos en Francia y los Países Bajos .

Liderado por Giuliano Amato (de ahí el nombre no oficial del grupo), ex primer ministro de Italia y vicepresidente de la Convención Europea original , el grupo contó con el respaldo de la Comisión Barroso , que envió a dos representantes: las comisarias Danuta Hübner (política regional) y Margot Wallström (comunicaciones). [ 1 ]

Miembros

El grupo estaba compuesto por 16 miembros de 14 estados miembros de la Unión Europea, incluido un actual Comisario Europeo : [ 2 ]

Texto resultante

El grupo se reunió por primera vez en Roma el 30 de septiembre de 2006. El 4 de junio de 2007 publicaron el borrador final del texto. El tamaño del texto se redujo de 63 000 palabras en 448 artículos en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (Constitución de la UE) a 12 800 en 70 artículos en el texto propuesto para un nuevo tratado de la UE. [ 3 ] La reducción del texto se logró incluyendo solo las innovaciones contenidas en la tercera parte de la Constitución de la UE —que esencialmente vincula los tratados anteriores de la UE— y colocándolas en protocolos adicionales. Los dos protocolos se adjuntarían al Tratado de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea vigentes.

El texto despojó a la constitución rechazada de sus elementos constitucionales, incluido el artículo sobre los símbolos de la UE y el controvertido preámbulo "ateo", redujo la Carta de los Derechos Fundamentales a un único artículo jurídicamente vinculante y prevé un nuevo nombre para el nuevo jefe de la política exterior de la UE, denominado "ministro de Asuntos Exteriores de la Unión" en la Constitución.

Estructura del nuevo tratado

El nuevo tratado no incluiría todo en un solo documento, como lo haría la Constitución, sino más bien: [ 3 ]

  • Sustituir el Tratado de la Unión Europea (TUE o Tratado de Maastricht ) por el texto del nuevo tratado, que se corresponde aproximadamente con las Partes I y IV de la Constitución Europea. Los nueve títulos de la Parte I de la Constitución Europea se incorporan literalmente como títulos I a IX del nuevo TUE (salvo tres modificaciones, véase más adelante ). El Título X es un título nuevo que contiene dos artículos breves que hacen referencia al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (véase el siguiente punto) y dos artículos originalmente de la Parte IV de la Constitución relativos a dos procedimientos de revisión simplificados. El Título XI es similar al resto de la Parte IV de la Constitución.
  • Modificar el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE, o Tratado de Roma ) para incorporar la mayoría de las disposiciones de la Parte III de la Constitución Europea, incluyendo la personalidad jurídica única de la Unión y la supresión de la estructura de pilares . Para evitar confusiones jurídicas, las palabras «Comunidad Europea» se sustituirían por «Unión Europea» en el texto del TCE. La Conferencia Intergubernamental que apruebe el nuevo tratado también podrá cambiar su nombre (por ejemplo, a Tratado constitutivo de la Unión Europea), como ya se hizo con el Tratado de Maastricht . El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea se modificará mediante dos protocolos adjuntos al nuevo tratado:
    • Un Protocolo sobre el Funcionamiento de la Unión , que contiene cambios institucionales;
    • Protocolo sobre el desarrollo de las políticas de la Unión para afrontar los retos del siglo XXI , que recoge las innovaciones de la Constitución Europea.
  • Se remite a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, recogida en el artículo 8 del nuevo Tratado de la Unión Europea (TUE), que adquiere carácter jurídicamente vinculante. El artículo 1-9 de la Constitución Europea hacía referencia a la Parte II de la Constitución de forma similar. La Carta se actualizará a la versión incluida en la Parte II de la Constitución Europea, que difiere ligeramente de la original.

En consecuencia, el nuevo TUE define el marco de la Unión Europea, mientras que el TCE modificado define en detalle la legislación y los procedimientos de toma de decisiones , las áreas políticas de la Unión y la legislación o los procedimientos de toma de decisiones que deben seguirse en cada área política. Ambos tratados tendrían la misma validez jurídica, al igual que el TUE y el TCE vigentes. Asimismo, la Carta de los Derechos Fundamentales tendría la misma validez jurídica que el nuevo TUE y el TCE modificado.

Diferencias entre el nuevo Tratado de la Unión Europea y la Constitución Europea.

Los títulos I a IX del nuevo TUE se toman literalmente de la Parte I de la Constitución Europea, con las siguientes modificaciones: [ 3 ]

  • El preámbulo de la Constitución Europea, así como el artículo I-1 (Establecimiento de la Unión) y el artículo I-8 (Símbolos de la Unión), no se incorporan íntegramente debido a su carácter constitucional. El artículo 1 del nuevo tratado sería similar al artículo 1 del actual Tratado de la Unión Europea . El extenso preámbulo de la Constitución Europea se sustituiría por una frase que explicara la necesidad de un nuevo tratado y que posiblemente hiciera referencia a la Declaración de Berlín del 27 de marzo de 2007.
  • Se añade un párrafo adicional al apartado 1 del artículo 8 del nuevo TUE (anteriormente artículo 1-9 de la Constitución Europea), que establece que, con la entrada en vigor del nuevo Tratado, la Carta de los Derechos Fundamentales pasará a ser jurídicamente vinculante.
  • Las referencias a otros artículos en el texto original de la Constitución Europea se sustituyen por referencias a las nuevas ubicaciones de dichos artículos, es decir, en el nuevo TUE, en el TCE modificado o en la Carta de los Derechos Fundamentales.

Además, el artículo relativo al Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión se mantiene en el nuevo TUE (Artículo I-28 de la Constitución Europea, Artículo 27 del nuevo tratado), pero el Grupo Amato ha declarado que no tiene ningún problema con un cambio de nombre. [ 4 ]

Véase también

Referencias

  1. Mahony, Honor (28 de septiembre de 2006). "Select group of politicals to address EU constitution" . EUobserver . Archivado del original el 20 de noviembre de 2008. Consultado el 2 de octubre de 2024 .
  2. El camino a seguir para la Unión Europea (PDF) (Informe). Comité de Acción para la Democracia Europea. 7 de junio de 2007. Consultado el 2 de octubre de 2024 a través del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) de España .
  3. 1 2 3 Un nuevo tratado y protocolos suplementarios | Memorando explicativo (PDF) (Informe). Comité de Acción para la Democracia Europea. 22 de junio de 2007. Consultado el 2 de octubre de 2024 .
  4. Mahony, Honor (4 de junio de 2007). "Grupo de alto nivel redacta un nuevo tratado de la UE" . EUobserver . Archivado del original el 16 de agosto de 2009. Consultado el 3 de octubre de 2024 .