El Programa de Fideicomisarios de los Estados Unidos es un componente del Departamento de Justicia de los Estados Unidos que se encarga de supervisar la administración de los casos de bancarrota y los fideicomisarios privados . [ 1 ] La ley federal aplicable se encuentra en 28 U.SC § 586 y 11 U.SC § 101 y siguientes.
Además de los 21 síndicos de Estados Unidos , el programa es administrado por la Oficina Ejecutiva para Síndicos de Estados Unidos (EOUST), ubicada en Washington, D.C. , y 82 oficinas regionales. [ 2 ] El síndico de Estados Unidos es el funcionario federal encargado de hacer cumplir las leyes de bancarrota civil en Estados Unidos.
Descripción general
El Fiscal General de los Estados Unidos designa generalmente a un síndico federal independiente para cada una de las 21 regiones geográficas por un período de cinco años. Cada síndico federal puede ser destituido de su cargo y trabaja bajo la supervisión general del Fiscal General (véase 28 U.S.C. § 581 y ). Cada síndico federal, funcionario del Departamento de Justicia, es responsable de mantener y supervisar un panel de síndicos privados para los casos de bancarrota del Capítulo 7 (véase ). El síndico federal tiene otras funciones, incluida la supervisión de la administración de la mayoría de los casos de bancarrota y de los síndicos (véase en general ).
Cada uno de los 21 fideicomisarios regionales de EE. UU. mantiene una oficina en cada distrito judicial dentro de su región, excepto Alabama y Carolina del Norte , que no son administrados por el programa de fideicomisarios de EE. UU., sino que utilizan lo que se denomina un administrador de quiebras, que desempeña una función similar a la del fideicomisario de EE. UU.
El síndico de los Estados Unidos no tiene facultades para enjuiciar, pero está obligado por ley a remitir al Fiscal de los Estados Unidos la información relativa a posibles infracciones penales de las leyes de quiebra . [ 3 ]
En los casos de bancarrota bajo el Capítulo 7, los síndicos interinos son designados por el Síndico de los Estados Unidos. Generalmente, el síndico interino se asigna al azar de una lista de personas calificadas al momento de presentar la solicitud de bancarrota, y es designado automáticamente como síndico permanente después de la primera reunión de acreedores.
Debido a la relativa poca frecuencia con la que se presentan solicitudes de alivio bajo el Capítulo 12 (ajuste de deudas para agricultores familiares), los síndicos para estos casos generalmente se designan de manera puntual .
Cada distrito judicial cuenta con uno o más síndicos permanentes del Capítulo 13. Los síndicos permanentes son responsables de la administración de todos los casos del Capítulo 13 presentados en su distrito judicial.
Si por cualquier motivo todos los administradores del panel o los administradores permanentes quedan inhabilitados o no pueden desempeñar sus funciones, el administrador fiduciario de EE. UU. podrá actuar como administrador fiduciario en un caso particular conforme a los capítulos 7, 12 o 13. Esto ocurre muy raramente.
La oficina del Fideicomisario de los Estados Unidos celebra la primera reunión de acreedores en un caso de Capítulo 11. La mayoría de los casos de Capítulo 11 no requieren el nombramiento de un síndico; sin embargo, en aquellos casos en los que sí se requiere, el Fideicomisario de los Estados Unidos supervisa la gestión del caso por parte del síndico designado y, por causa justificada, puede solicitar su destitución o sustitución. No obstante, el Fideicomisario de los Estados Unidos no puede actuar como síndico del caso en el Capítulo 11. Junto con los comités de acreedores, el Fideicomisario de los Estados Unidos actúa como principal supervisor para garantizar el cumplimiento del Código de Bancarrota en los casos en los que no se ha designado un síndico.
El personal contable de la oficina del síndico revisa todas las solicitudes de los deudores y supervisa los honorarios del síndico y de los abogados en todos los casos. Los abogados contratados por el síndico representan a la oficina ante el tribunal de quiebras de Estados Unidos e interponen acciones civiles por infracciones graves de la ley en los casos de los capítulos 7, 12 y 13.
Oficina Ejecutiva de los Fideicomisarios de los Estados Unidos
La Oficina Ejecutiva para los Fideicomisarios de los Estados Unidos (EOUST) forma parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ). La EOUST es el componente del Departamento de Justicia responsable de supervisar la administración de los casos de bancarrota y los fideicomisarios privados. La responsabilidad de la EOUST como oficina de alto nivel que controla a los abogados del DOJ que supervisan la conducta en los Tribunales de Bancarrota de los Estados Unidos es análoga a la de la Oficina Ejecutiva para los Fiscales de los Estados Unidos (EOUSA), responsable de los fiscales del DOJ. Tara Twomey fue nombrada Directora de la Oficina Ejecutiva para los Fideicomisarios de los Estados Unidos (EOUST) el 27 de febrero de 2023, [ 4 ] pero fue despedida por la Administración Trump el 11 de marzo de 2025 [ 5 ].
En colaboración con la EOUSA, la EOUST mantiene una publicidad indirecta y se refiere a sus oficinas como el "Programa de Administración Fiduciaria de EE. UU.".
Remisión penal
Cuando un abogado del gobierno que trabaja en la EOUST o en cualquiera de sus oficinas regionales o locales observa o sospecha de alguna actividad delictiva, debe remitirla a la Fiscalía de los Estados Unidos del distrito donde se cometió el presunto delito. La política oficial de la EOUST consiste en incluir la revisión de dichas remisiones penales como parte de la evaluación del desempeño de cada abogado del Departamento de Justicia que ejerza como Administrador Fiduciario de los Estados Unidos.
Véase también
Referencias
- ↑ "Programa de Fideicomisarios de EE. UU." . Justice.gov . Departamento de Justicia de EE. UU. 2 de marzo de 2014 . Consultado el 7 de enero de 2017 .
Este artículo incorpora material de dominio público procedente de sitios web o documentos del Departamento de Justicia de los Estados Unidos . - ↑ "Programa de Fideicomisarios de EE. UU. | Acerca del Programa de Fideicomisarios de los Estados Unidos" . www.justice.gov . 7 de mayo de 2015. Consultado el 4 de marzo de 2026 .
- ↑ Título 18 del Código de los Estados Unidos, sección 3057 , que también se aplica a los fideicomisarios privados.
- ↑ "Tara Twomey, exdirectora del Programa de Fideicomisarios de los Estados Unidos" . 2023–2025.
- ↑ "La reorganización del Departamento de Justicia de Trump afecta al organismo de control de quiebras" Reuters.com, 11 de marzo de 2025
Enlaces externos
- Sitio web oficial
- Agencias del Departamento de Justicia de los Estados Unidos
- Fideicomisarios de los Estados Unidos
- Ley de quiebras de los Estados Unidos