La Resolución 1803 del Consejo de Seguridad de la ONU fue adoptada el 3 de marzo de 2008 por 14 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención, siendo Indonesia el único país que se abstuvo. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , en virtud del Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de la ONU , exigió a Irán que cesara y desistiera de cualquier enriquecimiento de uranio . Asimismo, le exigió que detuviera la investigación y el desarrollo relacionados con centrifugadoras y el enriquecimiento de uranio.
Terminación
Las disposiciones de la Resolución 1803 quedaron sin efecto mediante la Resolución 2231 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que entró en vigor el Día de la Implementación del Plan de Acción Integral Conjunto , el 16 de enero de 2016.
Véase también
Referencias
- El Consejo de Seguridad endurece las restricciones sobre la proliferación nuclear iraní. Sitio web del Departamento de Información Pública del Consejo de Seguridad de la ONU.
- Resolución 1803 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre el programa nuclear de Irán - Departamento de Estado de EE. UU.
Enlaces externos
- Texto de la Resolución en undocs.org
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 2008
- Regímenes de sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
- Programa nuclear de Irán
- 2008 en Irán
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a Irán
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas relativas a la proliferación nuclear
- Sanciones contra Irán
- Marzo de 2008