Articulo de referencia

Respeto a las personas

El respeto a las personas es el concepto de que todas las personas merecen el derecho a ejercer plenamente su autonomía . Mostrar respeto a las personas es un sistema de interac...

El respeto a las personas es el concepto de que todas las personas merecen el derecho a ejercer plenamente su autonomía . Mostrar respeto a las personas es un sistema de interacción en el que una entidad garantiza que otra tenga la capacidad de tomar una decisión .

Este concepto se suele analizar en el contexto de la ética de la investigación . Es uno de los tres principios básicos de la ética de la investigación enunciados en el Informe Belmont emitido por la Oficina de Investigación con Sujetos Humanos; comprende dos requisitos morales esenciales: reconocer el derecho a la autonomía y proteger a las personas que se encuentran en desventaja en la medida en que no pueden ejercer este derecho. [1] [2]

Una persona autónoma se define como un individuo capaz de autoregularse y de emitir juicios y acciones basados ​​en su conjunto particular de valores, preferencias y creencias. Respetar la autonomía de una persona implica, por tanto, considerar sus elecciones y decisiones sin obstrucciones deliberadas. También requiere que los sujetos sean tratados de manera no degradante por respeto a su dignidad. En la práctica, el respeto a las personas se hace operativo al obtener el consentimiento informado de todos los individuos que serán sujetos de investigación.

Poblaciones vulnerables

El caso típico para aplicar el respeto a las personas es cuando la persona que recibe la intervención sanitaria está en pleno uso de sus facultades mentales, es apta para tomar decisiones personales y está facultada para elegir entre varias opciones. Otros casos implican mostrar respeto a personas que, por cualquier razón, no son libres de elegir entre el abanico típico de opciones al tomar una decisión. [3] [4]

En la ética de la investigación médica, el término Poblaciones vulnerables generalmente se refiere a individuos cuyas situaciones no les permiten proteger sus propios intereses. Las categorías de individuos que constituyen Poblaciones vulnerables se describen en la Regla común (45 CFR 46, Subpartes AD). Estas incluyen individuos que son menores, prisioneros, embarazadas, discapacitados físicos, discapacitados mentales, ancianos, económicamente desfavorecidos, desfavorecidos educativamente o subordinados en grupos jerárquicos (por ejemplo, un soldado). [5] [6]

Estas personas tienen derecho a protección, y se necesita una justificación ética adicional para involucrar a estas poblaciones en estudios con sujetos humanos. En tales casos, se debe establecer un equilibrio entre proteger a los sujetos de la explotación y privarlos del acceso a los posibles beneficios de la investigación.

Entre las razones que justificarían la participación de estos sujetos se incluiría que algunos estudios no podrían llevarse a cabo sin una población vulnerable. Otra justificación sería que el objetivo del estudio es obtener conocimientos para mejorar el diagnóstico, la prevención o el tratamiento de enfermedades asociadas específicamente a esa población. [5]

Véase también

Referencias

  1. ^ "Informe Belmont: Principios y directrices éticos para la protección de los sujetos humanos de investigación". Washington, DC : Oficina de Imprenta del Gobierno de los Estados Unidos. Archivado desde el original el 26 de abril de 2012.
  2. ^ "6.4.1 Respeto a las personas". www.bitbybitbook.com . Consultado el 24 de abril de 2021 .
  3. ^ Cook, D.; Moore-Cox, A.; Xavier, D.; Lauzier, F.; Roberts, I. (2008). "Ensayos aleatorios en poblaciones vulnerables". Ensayos clínicos . 5 (1): 61–69. doi :10.1177/1740774507087552. PMID  18283082. S2CID  206772258.
  4. ^ Levine, Robert J. (1988). Ética y regulación de la investigación clínica (2.ª ed.). New Haven, Connecticut: Yale University Press. ISBN 978-0-300-04288-7.
  5. ^ ab Ruof, Mary, C. (2004). "Vulnerabilidad, poblaciones vulnerables y políticas". Revista del Instituto Kennedy de Ética . 4 (14): 411–425. doi :10.1353/ken.2004.0044. hdl : 10822/556901 . PMID:  15812988. S2CID  : 19094496.{{cite journal}}: CS1 maint: varios nombres: lista de autores ( enlace )
  6. ^ "2. Directrices éticas internacionales para la investigación biomédica en seres humanos, Consejo de la Organización Internacional de las Ciencias Médicas (CIOMS) y Organización Mundial de la Salud (OMS), Ginebra, Suiza, 2002" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 23 de agosto de 2010.
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