Articulo de referencia

Moción para obligar

Una moción para obligar a la otra parte solicita al tribunal que ordene a la parte contraria o a un tercero que realice alguna acción. Este tipo de moción suele tratar en disput...

Una moción para obligar a la otra parte solicita al tribunal que ordene a la parte contraria o a un tercero que realice alguna acción. Este tipo de moción suele tratar en disputas sobre la presentación de pruebas , cuando una parte que ha presentado solicitudes de información a la parte contraria o a un tercero considera que las respuestas son insuficientes. La moción para obligar a la otra parte se utiliza para solicitar al tribunal que ordene a la parte que no cumple con las solicitudes de información que presente la documentación o información solicitada, y/o que la sancione por su incumplimiento. [ 1 ]

Regla 37 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil

De conformidad con la Regla 37 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil, "Previa notificación a las demás partes y a todas las personas afectadas, una parte podrá solicitar una orden que obligue a la divulgación o al descubrimiento de pruebas. La solicitud deberá incluir una certificación de que quien la solicita ha consultado de buena fe, o ha intentado consultar, con la persona o parte que no realiza la divulgación o el descubrimiento de pruebas, con el fin de obtenerlas sin necesidad de una acción judicial".

Según la regla 37, la parte solicitante debe notificar debidamente a la parte demandada. Esto le brinda a la otra parte la oportunidad de responder a las supuestas respuestas insuficientes. Posteriormente, si las preguntas no han sido respondidas adecuadamente, la parte solicitante puede solicitar al tribunal una orden judicial para obligar a la otra parte a responder.

En California, la parte solicitante debe presentar una declaración que respalde su petición de obligar a la otra parte a responder. Este documento, conocido como formulario 3-1020, incluye la pregunta formulada, la respuesta dada y la razón por la cual se debe exigir dicha respuesta.

Falta de participación en la elaboración de un plan de descubrimiento: Si una parte o su abogado no participa de buena fe en el desarrollo y la presentación de un plan de descubrimiento propuesto según lo exige la Regla 26(f), el tribunal puede, después de dar la oportunidad de ser escuchado, exigir que esa parte o abogado pague a cualquier otra parte los gastos razonables, incluidos los honorarios de los abogados , causados ​​por la falta.

Según las normas de los tribunales estatales de California

En el caso de los interrogatorios, no existe un plazo límite para presentar una moción para obligar a la otra parte a responder si dicha parte no lo ha hecho. Sin embargo, si las respuestas son insuficientes, la parte que formula los interrogatorios dispone de un plazo de 45 días para presentar la moción. Además, la parte que formula los interrogatorios debe reunirse con la parte que responde antes de presentar la moción. De conformidad con la Regla 3-1345 de las Reglas de Procedimiento de California , una moción para obligar a la otra parte a responder debe incluir las siguientes partes:

c) Contenido de la declaración separada

Una declaración separada es un documento independiente que se presenta y notifica junto con la solicitud de descubrimiento de pruebas y que proporciona toda la información necesaria para comprender cada solicitud de descubrimiento y todas las respuestas a la misma que estén en cuestión. La declaración separada debe ser completa y exhaustiva para que ninguna persona tenga que revisar ningún otro documento para determinar la solicitud y la respuesta completas. No se debe incorporar material a la declaración separada por referencia. La declaración separada debe incluir, para cada solicitud de descubrimiento de pruebas (por ejemplo, cada interrogatorio, solicitud de admisión, pregunta de declaración o solicitud de inspección) a la que se solicite una respuesta, contestación o producción adicional, lo siguiente:

  1. El texto de la solicitud, interrogatorio, pregunta o requerimiento de inspección;
  2. El texto de cada respuesta, contestación u objeción, y cualquier otra respuesta o contestación;
  3. Una declaración de las razones fácticas y legales que justifican la exigencia de respuestas, alegatos o presentación de pruebas adicionales con respecto a cada asunto en disputa;
  4. Si es necesario, el texto de todas las definiciones, instrucciones y demás asuntos necesarios para comprender cada solicitud de información y las respuestas a la misma;
  5. Si la respuesta a una solicitud de descubrimiento particular depende de la respuesta dada a otra solicitud de descubrimiento, o si las razones por las que se considera necesaria una respuesta adicional a una solicitud de descubrimiento particular se basan en la respuesta a alguna otra solicitud de descubrimiento, se debe exponer la otra solicitud y su respuesta; y
  6. Si los alegatos, otros documentos del expediente u otros elementos de la fase de descubrimiento de pruebas son relevantes para la moción, la parte que se base en ellos deberá resumir cada documento relevante.

Referencias

  1. Sherwood, Richard W. (1981). "Cómo frenar el abuso en el proceso de descubrimiento de pruebas: sanciones según las Reglas Federales de Procedimiento Civil y el Código de Procedimiento Civil de California" . Santa Clara Law Review . 21 : 567.