El término «empresa de mérito» se refiere a una empresa u organización que remunera a ciertos empleados en función de su mérito (experiencia/valor para la empresa). Contrariamente a la creencia popular, una empresa de mérito puede ser sindicalizada o no sindicalizada. La dirección se reserva el derecho de contratar, ascender, ajustar salarios, otorgar bonificaciones y despedir empleados, de acuerdo con las leyes estatales y federales, así como con su evaluación de la capacidad de cada persona para desempeñar las tareas asignadas por el empleador.
Por ley, tales decisiones no estarán sesgadas por edad, raza, origen nacional, afiliación organizacional, antigüedad, color, credo ni sexo. El término "tienda por mérito" fue acuñado por John Trimmer, quien se desempeñó de 1952 a 1976 como funcionario de la Associated Builders and Contractors , una asociación comercial estadounidense de contratistas de construcción, en su mayoría no sindicalizados. En el uso común, "tienda por mérito" suele ser sinónimo de no sindicalizado o de libre competencia .
Véase también
Lecturas adicionales
- Cook, Samuel (2005). Libertad en el lugar de trabajo: La historia jamás contada de la cruzada de la construcción basada en el mérito contra el sindicalismo obligatorio . Washington, DC: Regnery. pág. 839. ISBN 978-0895260352.
- Relaciones laborales
- Críticas a los sindicatos