Articulo de referencia

Inquisición post mortem

Una Inquisición post mortem (abreviada como Inq.pm o ipm , y antiguamente conocida como escheat ) [ 1 ] (del latín, que significa "(inquisición) después de la muerte") es un reg...

Una Inquisición post mortem (abreviada como Inq.pm o ipm , y antiguamente conocida como escheat ) [ 1 ] (del latín, que significa "(inquisición) después de la muerte") es un registro inglés medieval o de principios de la Edad Moderna sobre la muerte, los bienes y el heredero de uno de los vasallos principales del rey , realizado con fines fiscales reales. El proceso de realizar dicha inquisición era llevado a cabo por los escheators reales en cada condado donde el difunto poseía tierras. La primera inq.pm se realizó en 1236, durante el reinado del rey Enrique III (1216-1272), y la práctica cesó alrededor de 1640, al comienzo de la Guerra Civil Inglesa , y fue finalmente abolida por la Ley de Abolición de Tenencias de 1660 , que puso fin al sistema feudal.

Objetivo

Los escheators recibieron una orden de la cancillería del rey para investigar las muertes de los vasallos principales con el fin de determinar el valor monetario que le correspondía al rey por sus llamados incidentes feudales, que comprendían, por ejemplo, el alivio feudal, las tutelas y los matrimonios. Dichos ingresos, resultantes de las muertes de sus vasallos principales, constituían una proporción significativa de los ingresos reales medievales . El derecho feudal que debía pagarse al rey por la herencia de las tierras por parte del heredero del vasallo se denomina alivio , del latín levo, levare (levantar), más re (de nuevo), que significa el proceso de reelegir al heredero a la posición honorable del difunto, como señor de la mansión y vasallo principal. La cuantía de las indemnizaciones que los vasallos principales que poseían tierras bajo el régimen feudal de baronía debían pagar al rey se había fijado en una cantidad fija según la cláusula dos de la Carta Magna (1215), pero el rey, no obstante, necesitaba saber quién era el heredero para poder exigir el pago de la indemnización. Si se descubría que el vasallo principal no tenía heredero, por ejemplo, si era soltero o no tenía hijos, las tierras que poseía se "revertían" (es decir, volvían al dominio del rey) para ser otorgadas como valiosa recompensa a un cortesano o funcionario favorecido, o vendidas para obtener dinero en efectivo. Este aspecto del proceso fue el origen de la antigua denominación que les daban los anticuarios de principios de la época victoriana: "revocaciones". Si el vasallo principal dejaba como heredero a un hijo menor de edad, es decir, menor de 21 años, su tutela también se revertía al rey, quien podía vender o conceder su matrimonio a un tercero. Generalmente, los matrimonios de estas personas tuteladas eran comprados por hombres ricos como maridos para sus propias hijas, y se redactaba un contrato matrimonial por indicación del padre de la novia que vinculaba los bienes futuros de la tutelada a la descendencia del matrimonio. Así, los nietos del comprador adinerado se convertían en herederos de los bienes de la tutelada. Si el terrateniente fallecido dejaba una hija menor de edad, es decir, menor de 14 años, o una menor que no estuviera contrayendo matrimonio, como única heredera (o como coheredera), su tutela y matrimonio también pasaban a ser propiedad del rey. Dichas tutelas constituían una parte significativa de los ingresos reales en la Edad Media.

Medidas de evitación

Entre los terratenientes principales surgió la práctica de transferir la titularidad legal de sus tierras a fideicomisarios para su uso , lo que establecía fideicomisos que permitían al terrateniente principal seguir utilizando la tierra y sus ingresos, pero evitando ser reconocido oficialmente como titular legal. Esto lo eximía del alcance de la Inquisición post mortem, ya que los titulares legales constituían, en la práctica, una corporación inmortal cuyos fideicomisarios podían, ocasionalmente, fallecer y ser reemplazados por otros. Al parecer, la corona toleró tales mecanismos de evasión durante un tiempo considerable; sin embargo, con la ascensión al trono del rey Enrique VII (1485-1509), el antiguo derecho del rey sobre sus derechos feudales se hizo valer con determinación y crueldad.

Procedimiento

Para que un heredero heredara sus tierras paternas, debía completarse un procedimiento estándar formal y extenso, solo al final del cual podía "obtener su librea de posesión " (es decir, tomar posesión física de su herencia), por lo que le convenía iniciar el proceso lo antes posible después de la muerte. Él mismo, o sus parientes si era menor de edad, generalmente informaban a la cancillería del rey que la muerte había ocurrido, [ 2 ] y esto provocaba la emisión de un auto por parte de la cancillería bajo el gran sello del rey dirigido a los diversos escheators de los condados en los que el difunto poseía tierras, conocido como un writ diem clausit extremum . Este auto, cuyo primer ejemplo identificado data de 1254, [ 3 ] informaba al escheator que el rey había sido informado ( quia datum est nobis intelligi ("porque se nos ha dado a conocer")) de que el terrateniente principal nombrado había "terminado su último día", como puede traducirse la frase latina por la que se conoce el auto, y que se le ordenaba realizar una investigación post mortem y enviar el informe resultante a la cancillería, con su sello y con el auto de sentencia de muerte obligatoria cosido en él. Al recibir el auto, el escheator solicitaba al sheriff del condado correspondiente que constituyera un jurado compuesto por terratenientes locales, es decir, personas de posición social, en quienes se pudiera confiar para proporcionar la información estándar requerida de forma precisa. Dicha información, denominada "el 'veredicto ' del jurado " [ 4 ] comprendía:

  • Fecha de fallecimiento
  • Nombre del heredero
  • Edad del heredero
  • Nombre de los señoríos poseídos en jefe
  • Nombre de las propiedades que se poseen de otras personas
  • Extensión (es decir, área/tamaño) de las mansiones
  • Valor anual de las mansiones
  • Naturaleza de las tenencias feudales y los servicios debidos

La orden más inmediata del auto judicial, sin embargo, exigía al administrador de bienes confiscados que tomara el control de todas las tierras señoriales del difunto, es decir, aquellas que no habían sido subestituidas a arrendatarios intermedios , sino que habían sido administradas directamente por el difunto y sus funcionarios domésticos. Todos los ingresos derivados de dichas tierras, mientras estuvieran en manos del administrador de bienes confiscados, debían ser auditados (es decir, contabilizados ante los Barones del Tesoro) periódicamente en el tesoro.

El resultado final de la investigación sería uno de los tres siguientes, dependiendo de lo que informara el jurado:

  • Si el vasallo hubiera muerto con un heredero mayor de edad, entonces se pagaba una multa al rey por el derecho del heredero a heredar, es decir, su relevo .
  • Si el heredero era menor de edad, es decir, menor de 21 años en el caso de los varones y menor de 14 en el de las mujeres, entonces tanto el heredero como las tierras quedaban bajo la tutela real .
  • Si no había heredero, entonces las tierras eran confiscadas (es decir, revertían) al dominio real del rey .

Formulario de registro permanente

Las investigaciones post mortem (o «escheats») se registraban en dos hojas duplicadas de pergamino. El informe original se conservaba en los archivos de la cancillería , departamento al que el escheator había presentado su informe original, y el otro en el tesoro , que había mandado hacer una copia con fines fiscales, para verificar las cuentas del escheator [ 5 ] que se presentaban al tesoro periódicamente. A diferencia de otras series de registros, históricamente no se cosían juntas formando rollos, pero en la actualidad las hojas de pergamino se han encuadernado en carpetas con cubiertas y se conservan hoy en los Archivos Nacionales de Kew. Los documentos que antiguamente formaban parte de los registros de la cancillería se clasifican con la letra inicial «C», mientras que los del tesoro llevan la letra de clase «E». Tras la creación del Tribunal de Tutelas en 1540, también se envió una copia de la Inq.pm a dicho tribunal, y estos registros también se conservan en los Archivos Nacionales clasificados como «WARD 7». Cuando una investigación judicial se había celebrado no como resultado de un auto de la cancillería sino bajo la propia autoridad del escheator, el veredicto se enviaba únicamente al tesoro. [ 6 ]

Valor como documentos de fuentes históricas

Las investigaciones post mortem constituyen una valiosa fuente para historiadores y genealogistas, ya que no solo detallan las relaciones familiares de muchos miembros de la nobleza y la aristocracia inglesa, sino que también proporcionan información sobre la historia de las propiedades individuales , incluyendo su tamaño y las formas de tenencia bajo las cuales se poseían. [ 7 ] Por lo tanto, constituyen «una de las fuentes más importantes para la historia social y económica de la Inglaterra medieval». [ 8 ] También proporcionan resúmenes y términos de acuerdos realizados durante la vida del difunto, por ejemplo, acuerdos a fideicomisarios, cuya copia original rara vez ha sobrevivido.

Ejemplo

El siguiente ejemplo de la inq.pm latina resumida de William Pagam (m. 1422), publicada en 1995 como n.º 932 en el vol. 20, 6–10 Henry V, del Calendar of Inquisitions Post Mortem , ilustra muchos elementos comunes:

Auto judicial del 24 de julio de 1422. Hampshire. Inquisición. Alton, 26 de agosto.

Él poseía del rey en su dominio como en feudo la mansión de Drayton, valor anual 8 marcos, por 6 chelines y 8 peniques pagados al rey por el condestable del castillo de Porchester en la festividad de San Miguel y proporcionando a su propio costo durante 15 días un domador para mantener el castillo en tiempo de guerra. Mediante una escritura del 26 de octubre de 1418, mostrada a los jurados, William Tauk, Robert Monkeston y Thomas Welegh, quienes estaban en posesión de su dominio como en feudo, otorgaron la mansión de Pury, una casa, una carucata y 13 acres de prado, 40 acres de pasto y 20 acres de bosque en "la Bere juxta Southwyke" como tierras y propiedades en Pury, Badley, "Colvyle", "Holdmede" y "Bere", a William Pagam y su esposa Agnes, quien sobrevive, por la vida de Agnes, el remanente para William y sus herederos en pleno dominio. La mansión de Pury, con un valor anual de 6 marcos, se posee directamente del rey, sin que se conozca el servicio. La casa, la carucata, la tierra cultivable, el prado, el pasto y el bosque de "le Bere", con un valor anual de 40 chelines, se poseen directamente del rey a cambio de 7 chelines y 4 peniques pagados al rey por el condestable del castillo de Porchester en la festividad de San Miguel. Falleció el 15 de julio pasado. Philip Pagam es su hijo y heredero, de 6 años o más. C 138/63, n.º 26A

Aquí, la mansión de Drayton se mantiene bajo el régimen militar feudal de guardia del castillo ; la mansión de Pury había sido transferida a fideicomisarios para su uso, y fue otorgada nuevamente por ellos en 1418 a William y su esposa para su uso bajo fideicomiso.

Calendarios

Se han publicado calendarios impresos (resúmenes resumidos) de casi todos los registros de indagaciones, con la excepción de los periodos 1447-1485 y 1509-1660. Una extensa serie de calendarios que abarca desde el reinado de Enrique III hasta el de Ricardo III , con un apéndice de listas hasta el reinado de Jacobo VI y I , fue publicada en cuatro volúmenes por la Comisión de Registros entre 1806 y 1828, editada por John Caley y John Bayley . Sin embargo, Sir Henry Maxwell Lyte consideró posteriormente que estos volúmenes eran de "calidad insatisfactoria" y contenían muchas omisiones. En 1865 se publicaron dos volúmenes, que cubrían los reinados de Enrique III y Eduardo I , en una nueva serie editada por Charles Roberts titulada Calendarium Genealogicum , que se centró en proporcionar los nombres de los herederos omitidos en las publicaciones anteriores, diseñada para ser de particular utilidad para los genealogistas. En 1898 se inició la producción de tres volúmenes que abarcaban el reinado de Enrique VII (1485-1509), y se completó en 1955. En 1904 se publicó el primer volumen de una nueva serie de Inq.pm's, concebida para ser más completa y sistemática, bajo la dirección editorial de Maxwell Lyte. Esta serie abarcaba el reinado de Enrique III, desde 1236, año en que comenzó la práctica de producir inq.pm's. Esta "primera serie" constó de 26 volúmenes, el último de los cuales se publicó en 2009, aunque no en orden cronológico. La Universidad de Winchester y el Departamento de Humanidades Digitales del King's College de Londres están trabajando actualmente en un proyecto para publicar en línea, en formato de búsqueda, una serie revisada y ampliada de todos los textos existentes que abarcan los años 1236-1447 y 1485-1509. [ 9 ] El proyecto también tiene como objetivo a largo plazo producir calendarios por primera vez de los períodos 1447–1485 y 1509–1542. Varias sociedades de registros de condados han publicado calendarios de Inq.pm relacionados con sus propios condados, extraídos de los registros de la cancillería y del tesoro.

Lista de calendarios publicados

Véase también

Fuentes

Libros

  • Brown, William. Prefacio a las Investigaciones de Yorkshire de los reinados de Enrique III y Eduardo I, vol. I, Sociedad Arqueológica de Yorkshire, Serie de Registros, p. iii, 1892.
  • Carpenter, Christine (2003). «Introducción». En Parkin, Kate; Stevenson, Janet H. (eds.). Calendar of Inquisitions Post Mortem . Vol.  22, 1422–1427 . Boydell & Brewer.
  • Lyon, Bryce Dale (1980). Historia constitucional y jurídica de la Inglaterra medieval (Segunda  edición). Nueva York: Norton. ISBN 0-393-95132-4.
  • Hicks, Michael (2012). Las Inquisiciones del siglo XV post mortem: Una guía . Woodbridge: Boydell. ISBN 9781843837121.
  • Maxwell Lyte, HC (1904). "Introducción" . En Sharp, JEES (ed.). Calendario de Inquisiciones Post Mortem . Vol.  1 (Enrique III). Londres: His Majesty's Stationery Office. pp. vii– ix. 

Lecturas adicionales

  • Horrox, Rosemary (2012). " Calendario de Inquisiciones Post Mortem, XXIV : 11 a 15 Enrique VI, 1432–1437". History . 97 (326): 309– 310. doi : 10.1111/j.1468-229X.2012.00554_13.x .

Referencias

  1. Maxwell-Lyte, en su Introducción, utiliza el término «inquisición post mortem» y afirma que «anteriormente se las conocía como “escheats”». El uso académico moderno prefiere el término Inq.pm; véase, por ejemplo, el proyecto de la Universidad de Winchester, op. cit.
  2. Que el propio heredero solía solicitar un auto de sentencia cautelar (writ of diem clausit extremum) es señalado por Fleming, Peter y Wood, Michael, en Gloucestershire's Forgotten Battle: Nibley Green 1470.
  3. Maxwell-Lyte
  4. Denominado veredicto en la correspondencia contemporánea sobre la investigación de William Paston (fallecido en 1444), véase el estudio de caso 2 de la Universidad de Winchester: Informando al Escheator.
  5. Archivos Nacionales, op. cit., párr. 5
  6. Archivos Nacionales, párr. 5
  7. Lyon, Historia Constitucional y Jurídica , pág. 478
  8. Universidad de Winchester, mencionada en varios pasajes
  9. "Inquisiciones post mortem: cartografiando el campo medieval: propiedades, lugares y personas" . Consultado el 19 de agosto de 2016 .
  • «Inquisiciones post mortem: propiedad de la tierra y herencia en la Edad Media y la Edad Moderna» . Guía de investigación de los Archivos Nacionales .
  • "Los proyectos de análisis post mortem de la Inquisición" . Universidad de Winchester. Archivado del original el 2 de febrero de 2023. Consultado el 21 de abril de 2021 .
  • "Cartografiando el campo medieval" . Proyecto de análisis post mortem de la Inquisición.
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