En derecho, dedimus potestatem ( del latín "hemos dado el poder") es un mandato mediante el cual se da comisión a una o más personas privadas para la expedición de algún acto normalmente realizado por un juez. También se llama delegatio . Se concede más comúnmente sobre la base de la sugerencia de que una parte, que debe hacer algo ante un juez o un tribunal, es demasiado débil para viajar.
La concesión tiene diversos usos, como por ejemplo para tomar una respuesta personal a una demanda en cancillería, para interrogar testigos, imponer una multa, etc.
Referencias
Este artículo incorpora texto de una publicación que ahora es de dominio público : Chambers, Ephraim , ed. (1728). Cyclopædia, or an Universal Dictionary of Arts and Sciences (1.ª ed.). James y John Knapton, et al. {{cite encyclopedia}}: Falta o está vacío|title=( ayuda )- "dedimus" . Diccionario Oxford de inglés (edición en línea). Oxford University Press . (Se requiere suscripción o membresía a una institución participante).